9/04/2019
Cargos Vacantes Ser Desempeñados Personal RS 065-2019-DE Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior RS 065-2019-DE Lima, 28 de agosto de 2019 VISTO: El Informe de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas
Aprueban cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior
RS 065-2019-DE
Lima, 28 de agosto de 2019
VISTO:
El Informe de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG (en adelante, el Reglamento), del 05 de agosto del 2019, establece que el Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado ante las Agregadurías en el exterior asume un cargo de interés institucional y nacional brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;
Que, de conformidad con el literal a) del artículo 6 del Reglamento, los Agregados son de Defensa;
excepcionalmente cuando los justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar, los Oficiales podrán ser nombrados como Agregado Militar, Naval o Aéreo;
TAMBIEN PUEDES VER: Lista Bienes Servicios Cuya Adquisición Otorgará RM 253-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Que, los Agregados Adjuntos coadyuvan al ejercicio de las funciones del Agregado de Defensa, tal como lo establece el literal b) del artículo 6 del Reglamento acotado;
Que, ambos cargos son desempeñados por Personal Superior de las Fuerzas Armadas, los cuales son acreditados a una Agregaduría del Exterior;
Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento indica que la propuesta del número de vacantes y cargos a desempeñar, referida en el numeral b) del artículo 14 del Reglamento, será remitida al Presidente de la República, en la segunda quincena del mes de agosto del 2019;
Que, el literal c) del artículo 14 del Reglamento, señala que los cargos a desempeñar por el Personal Militar, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa;
Que, el artículo 15 del Reglamento, dispone que el nombramiento del Personal Militar es por un periodo máximo de dos años;
MAS NORMAS LEGALES: Publicación Proyecto Decreto Supremo RM 250-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Que, el tercer párrafo del artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior, en representación de su institución, en este caso deberá tener por menos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecido en la norma que regula la materia;
Que, mediante Oficio G.500-0680, del 19 de junio del 2019, la Marina de Guerra del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior, para el periodo 2020-2022;
Que, mediante Oficio Nº 3184/ S-CGE/N-01.3/01.00, del 23 de julio del 2019, y el Oficio Nº 3391/ S-CGE/N-01.3/01.00, del 06 de agosto del 2019, el Ejército del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior, para el periodo 2020-2022;
Que, mediante NC-35-SGFA-DAPO-Nº 2704, del 02 de agosto del 2019, la Fuerza Aérea del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior, para el periodo 2020-2022;
Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1143, así como la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior, a partir del 01 de marzo del 2020, por un período máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle:
1.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay.
2.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.
3.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.
4.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China.
5.- (01) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Oficial de Enlace en el Comando Sur.
6.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa.
7.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India.
8.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel.
9.- (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.
10.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús.
11.- (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI).
12.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.
13.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República Checa.
14.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en Canadá.
15.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.
16.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.
17.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay.
18.- (01) Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Japón.
19.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Oficial de Enlace en el Componente Naval del Comando Sur de la Marina de los Estado Unidos de América.
20.- (01) Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Chile.
21.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (WASHINGTON D.C.).
22.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (ODEMI).
23.- (01) Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y, Oficial de Enlace en el Comando Sur (ODEPA).
24.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús.
25.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay.
26.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana.
27.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Ecuador.
28.- (01) Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Ecuador.
29.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República del Paraguay.
30.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en Canadá.
31.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea.
32.- (01) Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España.
33.- (01) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución Armada respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RS 065-2019-DE Aprueban cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
- Numero : 065-2019-DE
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-09-04
- Fecha de aplicacion : 2019-09-05
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