9/06/2019

Definen Como Entidad Tipo B Ministerio Justicia RSG 0091-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos

Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Definen como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ RSG 0091-2019-JUS Lima, 4 de septiembre de 2019 VISTOS, el Informe Nº 029-2019-JUS-OGRRHH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 096-2019-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización, remitido
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
Definen como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ
RSG 0091-2019-JUS
Lima, 4 de septiembre de 2019
VISTOS, el Informe Nº 029-2019-JUS-OGRRHH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 096-2019-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización, remitido mediante Oficio Nº 2063-2019-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 916-2019-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;

Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en adelante el Reglamento General, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como entidad pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan los siguientes criterios: i) Tener competencia para contratar, sancionar y despedir, ii) Contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces, iii) Contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B;


Que, asimismo, el último párrafo del literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General señala expresamente que la definición antes señalada se aplica exclusivamente para el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y no tiene implicancias para aspectos de estructura y organización del Estado ni para otros sistemas administrativos o funcionales;


Que, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Programas son creados en el ámbito de competencia del Poder
Ejecutivo, en un Ministerio o en un organismo público, constituyen estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, implementar una política pública específica, en el ámbito de la competencia de la entidad a la que pertenecen, y sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o una unidad orgánica en una entidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS
se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles -
PRONACEJ, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en confl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención, tratamiento y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional;

Que, mediante Informe Nº 029-2019-JUS-OGRRHH, la Oficina General de Recursos Humanos solicita se gestione la viabilidad de la emisión de una resolución que defina de forma expresa al mencionado Programa como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, de acuerdo al Informe Nº 096-OGPM-OOM, la Oficina de Organización y Modernización, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización precisa que el Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, cumple con los requisitos para ser definida como Entidad Tipo B, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, mediante Informe Nº 916-2019-JUS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la declaración del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, señala que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;

Que, el artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, establece que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio, y tiene entre sus funciones expedir resoluciones en el marco de su competencia;

Que, en este sentido, resulta conveniente definir al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Definir como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, y al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO CAVAGNARO PIZARRO
Secretario General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSG 0091-2019-JUS Definen como Entidad Tipo B del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
  • Numero : 0091-2019-JUS
  • Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-06
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-07

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.