9/23/2019

Modificación Guía Servicios Servicio Nacional RJ Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA RJ 0127-2019-MINAGRI-SENASA 16 de septiembre de 2019 VISTO: El INFORME-0029-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-RSARMIENTO, del 8 de agosto de 2019, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú establece: "[...] La economía nacional se sustenta
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
RJ 0127-2019-MINAGRI-SENASA
16 de septiembre de 2019
VISTO:

El INFORME-0029-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-RSARMIENTO, del 8 de agosto de 2019, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú establece: "[...] La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. // Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional";

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal";


Que, por su parte, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, con el que se "Establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes", indica:
"El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiera y el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. // [...] Toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano";

Que, mediante la Resolución Jefatural-0144-2015-MINAGRI-SENASA, de fecha 10 de junio de 2015, se aprobó la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que establece los precios que cobrarán las dependencias del SENASA por los servicios que brinda en forma no exclusiva;


Que, con la Resolución Jefatural-0069-2019-MINAGRI-SENASA, del 21 de mayo de 2019, se modificó la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, incorporando cincuenta y cinco (55)
nuevos servicios;

Que, a través del informe del visto, la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del SENASA
propone la incorporación de tres (3) nuevos servicios a la Guía de Servicios vigente, con lo que se totalizarían
476 servicios, por lo que, en consecuencia, recomienda la modificación de la referida Guía mediante Resolución Jefatural;

Que, siendo de interés institucional la prestación de servicios con nuevas metodologías y resultados más confiables en favor de los administrados, es necesario aprobar la modificación de la Guía de Servicios del SENASA;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria;
el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM;
y con el visto bueno de los Directores Generales de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprúebese la Modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a las especificaciones consignadas en el Anexo 01: "Modificación Guía de Servicios del SENASA", que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Los precios por los conceptos señalados en el Anexo 01: "Modificación Guía de Servicios del SENASA", se calculan en función de las unidades de medida.

Artículo 3.- Los ingresos recaudados por los conceptos señalados en la presente resolución constituirán Recursos Directamente Recaudados del SENASA.

Artículo 4.- Los precios por los conceptos señalados en la Guía de Servicios están afectos al Impuesto General a las Ventas - IGV, artículo 1 de la Ley 27039, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 821, Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, excepto en los casos en que constituyan parte de un procedimiento administrativo destinado a emitir un pronunciamiento del SENASA.

Artículo 5.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional (www.senasa.gob.pe), conjuntamente con el Anexo 01: "Modificación Guía de Servicios del SENASA".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO J. MOLINA SALCEDO
Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0127-2019-MINAGRI-SENASA Aprueban modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0127-2019-MINAGRI-SENASA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-24

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