11/11/2019

Incorporación Mayores Ingresos Públicos RM 341-2019-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Autorizan incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2019 RM 341-2019-MINAM Lima, 8 de noviembre de 2019 VISTOS; el Memorando Nº 01387-2019-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00291-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de
Poder Ejecutivo, Ambiente
Autorizan incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2019
RM 341-2019-MINAM
Lima, 8 de noviembre de 2019
VISTOS; el Memorando Nº 01387-2019-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00291-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe Nº 00537-2019-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 442-2018-MINAM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por toda fuente de financiamiento;

Que, el inciso vii del literal a) del numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza en el presente Año Fiscal al Ministerio del Ambiente, a la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para el financiamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental;


Que, la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece en su Segunda Disposición Complementaria y Final que las entidades que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, hayan impuesto multas y hecho efectivo el cobro de las mismas por infracciones a normas ambientales, deberán transferirlas al Ministerio del Ambiente, quien depositará dichos recursos en un Fideicomiso, que será constituido mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Ambiente, y establecerá el procedimiento de administración de los mismos;


Que, en este marco, mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-MINAM, se autorizó la constitución de un fideicomiso por parte del Ministerio del Ambiente en calidad de fideicomitente y la entidad fiduciaria seleccionada para la administración de los fondos del fideicomiso, los cuales están constituidos por los recursos provenientes del pago de multas por concepto de infracción a normas ambientales impuestas y hechas efectivas por las entidades con facultades para la fiscalización ambiental. Asimismo, se constituyó el Comité de Administración del Fideicomiso, quien actúa en representación del Fideicomitente;

Que, mediante Acta Nº 006-2019-CAF de fecha 17 de octubre de 2019, el Comité de Administración del Fideicomiso acordó aprobar la propuesta del proyecto "Apoyo a la Marina de Guerra del Perú - DICAPI para la realización de acciones de soporte para la interdicción de la minería ilegal", para su financiamiento con recursos del fondo del fideicomiso; así como aprobar la Programación Física y Financiera del citado proyecto, correspondiente al periodo 2019-2020, conforme al Anexo Nº 01 de la referida Acta, y el Cronograma de Transferencia - 2020 contemplado en el Anexo Nº 02 de la referida Acta, con un primer y único desembolso de Un Millón
Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 1 754 920,00) en favor de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú (MGP/DICAPI);

Que, con Memorando Nº 01960-2019-MINAM/SG/ OGA, la Oficina General de Administración remite el Informe Nº 00537-2019-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas, en el cual se señala que a fin de dar cumplimiento al desembolso aprobado en el Acta Nº 006-2019-CAF, resulta procedente la incorporación al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente, con cargo a la especifica de ingreso 1. 9. 1. 1. 1. 1 Saldo de Balance del ejercicio 2018, el importe de Un Millón Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 1 754 920,00);

Que, a través del Memorando Nº 02030-2019-MINAM/ SG/OGA, la Oficina General de Administración remite el Informe Nº 00547-2019-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas, en el cual se informa complementariamente, entre otros, que los fondos a utilizar para la referida transferencia corresponden en su totalidad al patrimonio del fideicomiso y se encuentran disponibles en la cuenta recaudadora del Banco Scotiabank (entidad fiduciaria);

Que, mediante Memorando Nº 01387-2019-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe Nº 00291-2019-MINAM/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, en el cual se señala que, de la revisión de la ejecución del gasto y la recaudación de ingresos por saldos de balance en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, se observa que, al 29 de octubre de 2019, los ingresos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005
Ministerio del Ambiente supera al marco de gastos por la suma de Cinco Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Doscientos Setenta y Uno y 00/100 Soles (S/ 5 874
271,00), por lo que existen los recursos señalados por la Oficina General de Administración, siendo el saldo por incorporar al marco presupuestal el monto de Tres Millones Novecientos Veintisiete Mil Ochenta y Seis y 00/100 Soles (S/ 3 927 086,00); asimismo, señala que la atención de la incorporación del importe para el trámite de transferencia a favor de la MGP/DICAPI, constituye una modificación institucional para el financiamiento de gastos corrientes;

Que, de conformidad con el inciso 3 del numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la incorporación de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros de, los saldos de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2019-EF
se establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de saldos de balance para el Año Fiscal que se destinen al gasto corriente en los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, y de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 2 y el Anexo Nº 1 de la referida norma, se ha establecido como límite máximo para el Pliego 005: Ministerio del Ambiente el monto de Tres Millones Noventa y Tres Mil Quinientos Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 3 093 550,00);

Que, al respecto, la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones señala en su Informe Nº 00291-2019-MINAM/OGPP/OPPMI que, al 24 de octubre de 2019, el Ministerio del Ambiente ha realizado incorporaciones de recursos provenientes de saldos de balance por la suma de Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Veintiséis y 00/100
Soles (S/ 2 655 526,00), de los cuales corresponden al financiamiento de gastos corrientes la suma de Dos Millones Quinientos Veintiocho Mil Trescientos Noventa y Seis y 00/100 Soles (S/ 2 528 396,00), quedando disponible el importe de Quinientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta y Cuatro y 00/100 Soles (S/ 565 154,00)
como monto por incorporar en el marco de lo señalado por el Decreto Supremo Nº 027-2019-EF; por lo que, para dar atención al Acta Nº 006-2019-CAF, sugiere realizar la incorporación de saldos de balance por la suma de Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 486 620,00), que corresponden a los meses 1, 2 y 3 de la programación financiera contenida en la Tabla 2 "Meta financiera del proyecto en análisis" de la referida Acta, y recomienda solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas la modificación del Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 027-2019-EF a fin de dar atención a la transferencia por el importe correspondiente a los meses 4, 5 y 6 de la programación financiera de la referida Tabla 2;

Que, el numeral 25.2 del Artículo 25 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, señala que la aprobación de la incorporación de mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego;

Que, mediante Informe Nº 00537-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente-Administración General, por la suma de Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 486 620,00), así como autorizar la transferencia financiera del Pliego 005 Ministerio del Ambiente - MINAM, por dicha suma, a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, en el marco de lo acordado en el Acta Nº 006-2019-CAF;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; y, el Decreto Supremo Nº 027-2019-EF, que establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Veinte y 00/100 Soles (S/ 486 620,00), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En Soles Fuente de Financiamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados 1.9. Saldos de Balance 1.9. 1. Saldos de Balance 1.9. 1. 1. Saldos de Balance 1.9. 1. 1. 1. Saldos de Balance 1.9. 1. 1. 1. 1 Saldos de Balance 486 620,00
----------------- TOTAL INGRESOS 486 620,00
EGRESOS En Soles Sección Primera : Gobierno Central
Pliego : 005 Ministerio del Ambiente Unidad Ejecutora : 001 Ministerio del Ambiente -
Administración General Categoría Presupuestaria : 9001 Acciones Centrales Producto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5000003 Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento : 2 Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes 24: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 486 620,00
----------------- TOTAL EGRESOS 486 620,00
Artículo 2.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente instruirá a la Unidad Ejecutora 001:

Ministerio del Ambiente - Administración General, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Presentación de la Resolución Ministerial Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente remitir copia de la presente Resolución Ministerial dentro de los cinco (5)
días calendario siguientes de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 5. Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 005
Ministerio del Ambiente - MINAM hasta por la suma de Cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos veinte con 00/100 Soles (S/ 486 620,00), a favor del Pliego 026
Ministerio de Defensa en el marco de lo señalado por la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29325 "Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental".

Artículo 6. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el Artículo 5 se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el Presente Año Fiscal de la Unidad Ejecutora 001
Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005 Ministerio del Ambiente por la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 7. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 5 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 8. Monitoreo La Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente -
Administración General del Pliego 005 Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 341-2019-MINAM Autorizan incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 341-2019-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-11
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-12

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