12/21/2019

Difusión Texto Modificado Proyecto Sustituye RE 028-2019-SMV/01 SMV

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores Autorizan la difusión del texto modificado del Proyecto que sustituye el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Res. Nº 211-98-EF/94.11. RE 028-2019-SMV/01 Lima, 19 de diciembre de 2019 VISTOS: El Expediente Nº 2019038168 y los Informes Conjuntos Nos.
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores
Autorizan la difusión del texto modificado del Proyecto que sustituye el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Res. Nº 211-98-EF/94.11.
RE 028-2019-SMV/01
Lima, 19 de diciembre de 2019
VISTOS:

El Expediente Nº 2019038168 y los Informes Conjuntos Nos. 1088 y 1540-2019-SMV/06/11/12 del 20 de septiembre y 13 de diciembre de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el proyecto de norma que sustituye el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", aprobado por Resolución SMV Nº 033-2015-SMV/01, Anexo de la Memoria, numeral (10180), la misma que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11 (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:



Que, conforme al literal a) del artículo 1 del T exto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores;


Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, con Resolución SMV Nº 033-2015-SMV/01, se incorporó un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180), "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", la misma que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11;

Que, en agosto del 2018 se constituyó el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales, iniciativa que agrupa a todos los gremios que actúan en el mercado de valores, y cuyo principal objetivo es impulsar el mercado de capitales, teniendo la SMV el rol de Secretaría Técnica;


Que, a los fines de llevar a cabo sus actividades, el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales ha constituido diversas mesas de trabajo, una de las cuales, la Mesa de Trabajo Ambiental, Social y de Buen Gobierno (ASG) elaboró una propuesta de mejora del Reporte de Sostenibilidad Corporativa, que es el resultado del trabajo coordinado entre los miembros permanentes e invitados del sector privado en dicha mesa, y que contó además con el apoyo del Programa de Inversión Responsable (PIR);

Que, la referida propuesta se encuentra alineada con los resultados del Diagnóstico y las recomendaciones contenidas en la Hoja de Ruta para el Mercado de Capitales, documentos elaborados con el apoyo del Banco Mundial y el soporte de la Cooperación Suiza (SECO), los mismos que se vienen difundiendo a través del Portal del Mercado de Valores;

Que, analizada la propuesta por la SMV, se considera necesario sustituir el Reporte de Sostenibilidad Corporativa, por un nuevo reporte acorde con las nuevas tendencias sobre sostenibilidad y que permitirá a los accionistas, inversionistas y otros grupos de interés contar con información relevante y precisa sobre las políticas, los estándares y acciones que los emisores vienen implementando para asegurar su sostenibilidad en el largo plazo;

Que, mediante Resolución SMV Nº 023-2019-SMV/01, publicada el 1 de octubre de en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la difusión en consulta ciudadana del Proyecto de nuevo "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", en el Portal del Mercado de Valores de la SMV por treinta (30)
días hábiles, a fin de que las personas interesadas formulen comentarios sobre los cambios propuestos;

Que, los comentarios recibidos durante la consulta ciudadana, han permitido identificar aspectos de mejora a la propuesta normativa, y contar con un texto modificado, el mismo que consideramos que debe difundirse nuevamente por un plazo razonable, de manera que se permita a la ciudadanía revisar el documento, y, además, se espera que, durante el nuevo plazo de difusión, se puedan llevar a cabo actividades de comunicación que permitan dar a conocer los alcances, aclarar los aspectos que fueran necesarios y seguir perfeccionando el Proyecto en aras de mejorar los estándares en materia de sostenibilidad corporativa; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 1, literal b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias; así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 18 de diciembre de 2019;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Autorizar la difusión del texto modificado del Proyecto que sustituye el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11.

Artículo 2º.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz Nº 315 - Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: proymrepsost@smv.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI
Superintendente del Mercado de Valores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 028-2019-SMV/01 Autorizan la difusión del texto modificado del Proyecto que sustituye el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Res. Nº 211-98-EF/94.11.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SMV
  • Numero : 028-2019-SMV/01
  • Emitida por : Superintendencia del Mercado de Valores - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-12-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-22

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