12/03/2019

Transferencia Financiera Favor Contraloría RDEC 257-2019-IMARPE/DEC Instituto del Mar del Peru

Poder Ejecutivo, Instituto del Mar del Peru Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo al IMARPE RDEC 257-2019-IMARPE/DEC Callao, 28 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 000920-2019-CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; los Memorándum Nos.
Poder Ejecutivo, Instituto del Mar del Peru
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo al IMARPE
RDEC 257-2019-IMARPE/DEC
Callao, 28 de noviembre de 2019
VISTOS:

El Oficio Nº 000920-2019-CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; los Memorándum Nos. 520-2019-IMARPE/OGA y 525-2019-IMARPE/OGA de fecha 20 y 25 de noviembre de 2019, respectivamente, de la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 578-2019-IMARPE/OGPP de fecha 22 de noviembre de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 512-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 26 de noviembre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 263-2018-IMARPE/DEC de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de la Entidad, por la suma de S/ 90 193 387.00 (Noventa Millones Ciento Noventa y Tres Mil Trescientos Ochenta y Siete con 00/100 soles);
el cual constituye el dispositivo presupuestario que rige la Ejecución del Presupuesto Institucional durante el presente ejercicio fiscal;


Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;


Que, dicho dispositivo legal señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriendo el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, por el período a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresariales del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en ese sentido, con el Oficio Nº 000920-2019-CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica al Imarpe que, a efectos de implementar las disposiciones de la normativa precedentemente expuesta, deberá realizar una transferencia financiera a su favor, hasta por la suma de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles)
que corresponde al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, y el depósito a la Contraloría General de la República en la Cuenta Nº 0000-282758 del Banco de la Nación, por el concepto del 6% del derecho de designación o supervisión, por el importe de S/ 6,609.05 (Seis Mil Seiscientos Nueve con 05/100 Soles). Asimismo, solicita realizar la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el 50% restante de la retribución económica que incluye IGV para el período auditado 2019;

Que, mediante Memorándum Nº 520-2019-IMARPE/ OGA de fecha 20 de noviembre de 2019, la Oficina General de Administración solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la realización de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado por la Contraloría General de la República;

Que, con Memorándum Nº 578-2019-IMARPE/OGPP de fecha 22 de noviembre de 2019, la Oficina General
de Planeamiento y Presupuesto señala emite opinión favorable respecto a la trasferencia financiera del 50% de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, por el monto de S/ 32,494.50 (Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles)
correspondiente a la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios en la Especifica del Gasto 2.4 1 3.1 1, Meta Presupuestal 0033550 Administración de Recursos Humanos Financieros y Logísticos;

Que, la Oficina General de Administración mediante Memorándum Nº 525-2019-IMARPE/OGA de fecha 25 de noviembre de 2019, refiere que corresponde efectuar la transferencia financiera del 50% de la retribución económica del periodo auditado 2019, incluyendo el IGV, por el monto de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) a favor de la Contraloría General de la República;

Que, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencia financieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20, las pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 512-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 26 de noviembre de 2019, opina que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoria para realizar labores de control posterior externo por el período auditado 2019, toda vez que cumple con lo establecido en Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01
que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Modelos y Anexos;

Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoria para el período auditado 2019, en aplicación de lo establecido en Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01
que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Modelos y Anexos;

De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Reglamento de Organización y Funciones del Imarpe, aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE; la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Modelos y Anexos Con el visado de la Secretaría General, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú -Imarpe hasta por la suma de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinario, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la transferencia que equivale al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica, que incluye IGV, por el período auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Imarpe.

Artículo 2º.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3º.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano "y en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENATO C. GUEVARA CARRASCO
Director Ejecutivo Científico Instituto del Mar del Perú
IMARPE

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDEC 257-2019-IMARPE/DEC Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo al IMARPE
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA
  • Numero : 257-2019-IMARPE/DEC
  • Emitida por : Instituto del Mar del Peru - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-03
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-04

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