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Programa Secigra Derecho 2020 RM 0007-2020-JUS Justicia y Derechos Humanos
1/11/2020
Programa Secigra Derecho 2020 RM 0007-2020-JUS Justicia y Derechos Humanos
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Aprueban el "Programa SECIGRA DERECHO 2020" RM 0007-2020-JUS Lima, 10 de enero de 2020 VISTO, el Oficio Nº 34-2020-JUS/DGJLR, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa; el Informe Nº 001-2020-JUS/DGJLR/DGPJFPJ, de la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica; y, el Informe Nº 016-2020-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban el "Programa SECIGRA DERECHO 2020"
RM 0007-2020-JUS
Lima, 10 de enero de 2020
VISTO, el Oficio Nº 34-2020-JUS/DGJLR, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa; el Informe Nº 001-2020-JUS/DGJLR/DGPJFPJ, de la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica; y, el Informe Nº 016-2020-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la finalidad que los alumnos participantes realicen actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando;
Que, el artículo 3 del citado dispositivo establece que el SECIGRA DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; precisándose en el artículo 6 que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de los estudiantes;
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Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27687, Ley que otorga carácter facultativo al SECIGRA DERECHO y modifica artículos del Decreto Ley Nº 26113, establece que las dependencias de la Administración Pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes que opten por hacer el SECIGRA DERECHO, a fin de asumir el pago del estipendio correspondiente;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Civil de Graduandos - SECIGRA DERECHO, el cual establece en su artículo 53 los criterios para la distribución de vacantes entre las Facultades de Derecho;
Que, el artículo 8 del citado Reglamento establece que el Programa SECIGRA DERECHO es aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se determina la fecha de inicio y de finalización del citado Programa, señalando el monto mínimo del estipendio;
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Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2020-JUS, el Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687, Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO ha sido derogado, precisándose que mantiene su vigencia el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS;
Que, conforme a lo señalado, corresponde aprobar el "Programa SECIGRA DERECHO 2020", su período de
prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deberán abonar mensualmente las unidades receptoras a los/las estudiantes o los/las egresados/as que les asignen, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
el Decreto Ley Nº 26113, Normas relativas al Servicio Civil de Graduandos, SECIGRA DERECHO y su modificatoria;
y, el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por Ley Nº 27687- Ley del Servicio Civil de Graduandos
SECIGRA DERECHO;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Programa SECIGRA
DERECHO 2020", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Determinar los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos en el marco del "Programa SECIGRA DERECHO 2020", conforme al siguiente cronograma: (i) Del 15 de enero al 15 de julio de 2020. (ii) Del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2020.
Artículo 3.- Fijar en S/ 930.00 (Novecientos treinta y 00/100 soles), el monto mínimo que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a los/las estudiantes o los/ las egresados/as que les serán asignados, en el marco de su disponibilidad presupuestal, debiendo procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob. pe/minjus) en la fecha de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA TERESA REVILLA VERGARA
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0007-2020-JUS Aprueban el "Programa SECIGRA DERECHO 2020"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0007-2020-JUS
- Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-01-11
- Fecha de aplicacion : 2020-01-12
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