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Artículo 1 Res 073 2014 os/cd Sustituyendo RCDOSIEMO 014-2020-OS/CD OSINERGMIN
2/07/2020
Artículo 1 Res 073 2014 os/cd Sustituyendo RCDOSIEMO 014-2020-OS/CD OSINERGMIN
Organismos Reguladores, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria Modifican el artículo 1 de la Res. Nº 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U Nº 010-2004 RCDOSIEMO 014-2020-OS/CD Lima, 5 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias se creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados
Modifican el artículo 1 de la Res. Nº 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U Nº 010-2004
RCDOSIEMO 014-2020-OS/CD
Lima, 5 de febrero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias se creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (en adelante "Fondo"), como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se trasladen a los consumidores nacionales;
Que, de acuerdo con el numeral 4.1 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante "Osinergmin")
debe publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar la
Banda de Precios Objetivo para cada uno de los productos comprendidos dentro del Fondo. Según el numeral citado, dicha actualización debe realizarse en coordinación con una Comisión Consultiva presidida y convocada por Osinergmin e integrada por representantes del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de las principales empresas establecidas en el país vinculadas a la producción y/o importación de los Productos;
TAMBIEN PUEDES VER: Dejan Sin Efecto 005 2020 inbp Mediante Cual RI 006-2020-INBP Instituto Nacional de Enfermedades
Que, con Resolución Nº 169-2010-OS/CD, se designó a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (actualmente denominada Gerencia de Regulación de Tarifas) de Osinergmin, como el área encargada de actualizar las Bandas de Precios Objetivos y publicarlas en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, aprobadas por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, y sus normas modificatorias;
Que, mediante Resolución Nº 073-2014-OS/CD
modificada con Resolución Nº 139-2019-OS/CD, se designó a los siguientes funcionarios: el Ingeniero Miguel Juan Révolo Acevedo como representante titular, y al Ingeniero Michael Antonio Moleros Cuestas como representante alterno de Osinergmin ante la Comisión Consultiva a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004;
MAS NORMAS LEGALES: Wwwelperuanope Suscríbet E Diario Oficial T RAD 0011-2020-APN-DIR Autoridad Portuaria Nacional
Que, considerando que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2019-PCM publicada el 28 de noviembre de 2019 el Ingeniero Miguel Juan Révolo Acevedo ha sido designado Viceministro de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 109-2019-OS/PRES
se encargó al señor Oscar Alfredo Echegaray Pacheco, el puesto de Gerente de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas, se considera necesario efectuar la designación del nuevo representante titular de Osinergmin ante la Comisión Consultiva;
Con el visto bueno de la Asesoría Legal y la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin;
De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 054-2001-PCM, en el Decreto de Urgencia Nº 010-2004
que creó el Fondo para la estabilización de precios de los combustibles derivados del Petróleo y en el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprobó las Normas Reglamentarias y Complementarias al Decreto de Urgencia Nº 010-2004, y;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 004-2020;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Nº 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, de acuerdo a lo siguiente:
"Artículo 1.- Designar como representantes titular y alterno de OSINERGMIN en la Comisión Consultiva a que se refiere el numeral 4.1 del Artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, a los siguientes funcionarios:
• Ing. Oscar Alfredo Echegaray Pacheco, como representante titular;
• Ing. Michael Antonio Moleros Cuestas, como representante alterno."
Artículo 2.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", y consignada en el Portal Institucional de Osinergmin:
https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones-GRT-2020.aspx
DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN
Presidente del Consejo Directivo Osinergmin
NORMA LEGAL:
- Titulo: RCDOSIEMO 014-2020-OS/CD Modifican el artículo 1 de la Res. Nº 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U Nº 010-2004
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
- Numero : 014-2020-OS/CD
- Emitida por : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - Organismos Reguladores
- Fecha de emision : 2020-02-07
- Fecha de aplicacion : 2020-02-08
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