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Transferencia Financiera Favor Pliego 019: RP 031-2020-SERNANP SERNANP
2/04/2020
Transferencia Financiera Favor Pliego 019: RP 031-2020-SERNANP SERNANP
Organismos Tecnicos Especializados, Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar la auditoría correspondiente al periodo auditado 2020 RP 031-2020-SERNANP Lima, 28 de enero del 2020 VISTO: El Informe Nº 035-2020-SERNANP-OPP de fecha 27 de enero del 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás documentos que acompañan; y, CONSIDERANDO: Que,
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar la auditoría correspondiente al periodo auditado 2020
RP 031-2020-SERNANP
Lima, 28 de enero del 2020
VISTO:
El Informe Nº 035-2020-SERNANP-OPP de fecha 27 de enero del 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás documentos que acompañan; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020;
Que, por Resolución Presidencial Nº 319-2019-SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para el Año Fiscal 2020;
Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República;
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Que, asimismo dicho artículo establece que las transferencias financieras, en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; precisando que la resolución se publicará en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante, Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar las labores de control posterior externo, correspondiendo al SERNANP el monto total de S/ 246 121,08 para los periodos a auditar 2019 y 2020, determinándose la cifra de S/ 234 212,00 por retribución económica (incluye IGV) y S/ 11 909,08 por concepto de 6% de Derecho de Designación o Supervisión de auditoría;
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Que, mediante Resolución Presidencial Nº 064-2019-SERNANP del 27 de febrero de 2019, se autorizó la transferencia financiera a cargo de la Contraloría General de la República del Perú por el monto de S/ 124 132,00 (Ciento veinticuatro mil ciento treinta y dos y 00/100 soles), destinados a financiar la auditoría correspondiente al ejercicio 2019, y mediante el Informe Nº 257-2019-SERNANP-OA-UOFF-TESORERIA, de fecha 29 de noviembre de 2019, la Unidad Operativa Funcional de Finanzas de la Oficina de Administración comunica que se ha cumplido con el pago del 6% por derecho de designación y supervisión de auditoría externa por el importe de S/ 5 902,69 (Cinco mil novecientos dos y 69/100 Soles);
Que, la Contraloría General de la República solicitó al SERNANP, mediante Oficio Nº000978-2019-CG/SGE de fecha 12 de noviembre de 2019, efectuar la transferencia financiera a su favor, por el monto de S/ 129 015,08, dividido en S/ 70 462,08 y S/ 58 553,00 para los periodos 2019 y 2020, a fin de iniciar el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la Sociedad de Auditoría;
Que, mediante Memorando Nº071-2020-SERNANP-OA, de fecha 10 de enero de 2020, la Oficina de Administración realiza un análisis de la transferencia financiera y pagos efectuados a la fecha a la Contraloría General de la República para la auditoria de los periodos 2019 y 2020, concluyendo que restaría por efectuar la Transferencia Financiera solo por la suma de S/ 116
086,39 por el concepto de 50% de retribución económica;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 035-2020-SERNANP-OPP de fecha de 27 de enero de emite opinión técnica favorable para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República solicitada mediante el Oficio Nº 000978-2018-CG/VSC, para la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo al SERNANP para el periodo auditado 2020;
Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, y;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, hasta por la suma de S/ 116 086,39 (Ciento Dieciséis Mil Ochenta y Seis y 39/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001:
Contraloría General, destinados a financiar la auditoría correspondiente al periodo auditado 2020, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Limitación al Uso de los Recursos.
Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3º.- Seguimiento de los Recursos La Oficina de Administración en el ámbito de su competencia, es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financiera para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4º.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional (www. sernanp.gob.pe)
Regístrese y comuníquese.
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
NORMA LEGAL:
- Titulo: RP 031-2020-SERNANP Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar la auditoría correspondiente al periodo auditado 2020
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
- Numero : 031-2020-SERNANP
- Emitida por : Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2020-02-04
- Fecha de aplicacion : 2020-02-05
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