5/29/2020

Mecanismos Rendición Cuentas Seguimiento RM 137-2020-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020" RM 137-2020-MC Lima, 27 de mayo de 2020. VISTOS; el Informe Nº D000293-2019-DGIA/MC y los Memorandos
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020"
RM 137-2020-MC
Lima, 27 de mayo de 2020.

VISTOS; el Informe Nº D000293-2019-DGIA/MC y los Memorandos Nº 000184-2020-DGIA/MC y Nº 000196-2020-DGIA/MC, remitidos por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 000140-2020-OGA/MC de la Oficina General de Administración;
el Informe Nº 000076-2020-OT/MC de la Oficina de Tesorería; el Informe Nº 000071-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; el cual constituye pliego presupuestal del Estado;

Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante los Años Fiscales 2019 y 2020, respectivamente, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, debiendo la entidad, mediante resolución de su titular, "establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte de dicho Ministerio de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas"; así como, publicar, "semestralmente, en su portal institucional, la relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas conforme a la presente disposición";


Que, en dicho marco normativo, a través del Informe Nº D000293-2019-DGIA/MC y los Memorandos Nº 000184-2020-DGIA/MC y Nº 000196-2020-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020"; señalando que dicha propuesta ha sido elaborada en coordinación con la Oficina de Presupuesto y la Oficina de Organización y Modernización;


Que, mediante el Informe Nº 000076-2020-OT/MC, la Oficina de Tesorería emitió opinión favorable para la aprobación del referido documento para un mejor manejo y rendición de los estímulos económicos otorgados por la entidad; por lo que, a través del Memorando Nº 000140-2020-OGA/MC, la Oficina General de Administración señala que habiéndose efectuado la evaluación correspondiente, no se formulan observaciones a dicho documento;

Que, con el Informe Nº 000071-2020-OGAJ/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluyó que, en aplicación de la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 y la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 precitadas, se considera legalmente factible proceder a la aprobación de los Mecanismos propuestos;

Que, en tal sentido, se estima por conveniente aprobar los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020" antes mencionados;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del misterio de Cultura; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019M; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SONIA GUILLÉN ONEEGLIO
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 137-2020-MC Aprueban los "Mecanismos para la Rendición de Cuentas y Seguimiento de los Estímulos Económicos otorgados en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 137-2020-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-05-28
  • Fecha de aplicacion : 2020-05-29

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