6/28/2020

Cuadro Asignación Personal Provisional Cap RM 107-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU RM 107-2020-MINCETUR Lima, 24 de junio de 2020 VISTOS: Los Oficios Nºs. 204 y 211-2020-PROMPERU/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, el Memorándum Nº 147-2020-PROMPERU/GG-ORH e
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
RM 107-2020-MINCETUR
Lima, 24 de junio de 2020
VISTOS:

Los Oficios Nºs. 204 y 211-2020-PROMPERU/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, el Memorándum Nº 147-2020-PROMPERU/GG-ORH
e Informe Nº 011-2020-PROMPERU/GG-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de PROMPERU, el Informe Nº 009-2020-PROMPERU/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERU, el Oficio Nº 000132-2020-SERVIR e Informe Técnico Nº 000027-2020-SERVIR/GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe Legal Nº 30-2020-PROMPERU/ GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de PROMPERU, el Informe Nº 0248-2020-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR;
e Informe Legal Nº 0016-2020/MINCETUR/SG/AJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINCETUR;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, se establece que la entidad es un organismo técnico especializado con personería jurídica de Derecho Público interno que goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa. Se encuentra adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y constituye un pliego presupuestal;


Que, por Decreto Supremo Nº 009-2019-MINCETUR, se aprueba la Sección Primera del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERU y mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 059-2019-PROMPERU/PE se aprueba la Sección Segunda;
y cuyo Texto Integrado fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERU/PE;

Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 040-2020-PROMPERU-GG se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos de PROMPERU, documento que contempla los cargos que requiere la entidad acorde con sus funciones, su descripción, calificación y requisitos mínimos para su desempeño;


Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en las que se incluyen, entre otros, los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional (en adelante, CAP
Provisional);

Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057. Asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva;

Que, el numeral 1.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la misma, cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas pueden tramitar la aprobación de un CAP Provisional siguiendo los lineamientos definidos en el indicado anexo;

Que, el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva dispone que la aprobación del CAP Provisional de los Ministerios se realiza mediante Resolución Ministerial;

Que, considerando, que PROMPERU cuenta con un nuevo ROF que ha modificado su estructura orgánica, con lo cual se han creado y eliminado unidades de organización, asignándose y reasignándose funciones, corresponde que el citado organismo elabore su CAP
Provisional;

Que, a través de los Oficios Nº 204 y 211-2020-PROMPERU/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, propone la aprobación de su CAP Provisional;

Que, mediante Informes Nº 011-2020-PROMPERU/ GG-ORH, 009-2020-PROMPERU/GG-OPP de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERU, respectivamente, e Informe Legal Nº 030-2020-PROMPERU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la referida entidad; y con los Informes Nº 0248-2020-MINCETUR/SG/OGPPD
y 0016-2020/MINCETUR/SG/AJ-MER, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINCETUR, respectivamente, la citada propuesta cuenta con las opiniones favorables correspondientes;

Que, asimismo, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de dicha entidad, mediante Oficio Nº 000132-2020-SERVIR-PE e Informe Técnico Nº 000027-2020-SERVIR/GDSRH, emiten opinión técnica previa, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, a fin de contar con un instrumento de gestión actualizado, y derogar la Resolución Suprema Nº 014-2013-MINCETUR, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de
PROMPERU;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU; el Decreto Supremo Nº 009-2019-MINCETUR, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERU; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, el mismo que en Anexos, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogar la Resolución Suprema Nº 014-2013-MINCETUR, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - CAP PROMPERU.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el portal web institucional de PROMPERU (www.promperu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VÁSQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 107-2020-MINCETUR Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 107-2020-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-06-27
  • Fecha de aplicacion : 2020-06-28

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