6/21/2020

Documento Denominado protocolo Seguridad RJ 093-2020-ANA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban el documento denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua" RJ 093-2020-ANA Lima, 19 de junio de 2020 VISTOS: El Memorándum Nº 584-2020-ANA-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 369-2020-ANA-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 279-2020-ANA-OAJ de la Oficina de
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban el documento denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua"
RJ 093-2020-ANA
Lima, 19 de junio de 2020
VISTOS:

El Memorándum Nº 584-2020-ANA-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 369-2020-ANA-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 279-2020-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificatorias, estipula que el empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictó medidas para la prevención y control, a fin de evitar la propagación del COVID-19, prorrogándose dicha medida mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, a partir del 10 de junio de hasta por un plazo de noventa (90) días calendario;


Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, precisado por los Decretos Supremos Nos.
045-2020-PCM y 046-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, prorrogándose sucesivamente dicha medida mediante los Decretos Supremos Nos. 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, hasta el 30 de junio de 2020; estableciéndose además, en este último, medidas que debe observar la ciudadanía hacia una nueva convivencia social;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, se aprobó el Documento Técnico:

"Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", el mismo que fue modificado por las Resoluciones Ministeriales Nos. 265-2020/MINSA y 283-2020/MINSA, y cuya finalidad es contribuir a la prevención del contagio por Sars-Cov2 (COVID-19) en el ámbito laboral, mediante la emisión de lineamientos generales para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición;

Que, con Resolución Ministerial Nº 103-2020-PCM, de fecha 04 de mayo de 2020, se aprobaron los "Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-19 en el marco del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA";

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 085-2020-ANA, de fecha 15 de mayo de 2020, se aprobó el documento denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de salud de los servidores civiles de la Autoridad Nacional del Agua que retornan a laborar luego de culminada la emergencia nacional", modificada con Resolución Jefatural Nº 090-2020-ANA; cuyo numeral 11.1 estipula lo siguiente: "La Unidad de Recursos Humanos realizará la evaluación de las medidas adoptadas y podrá proponer ajustes, modificación y/o actualización del presente documento, de acuerdo con las disposiciones efectuadas por el Gobierno Central o las que considere la Entidad con el fin de proteger la salud de los trabajadores;

Que, con Resolución Ministerial Nº 099-2020-TR, publicado en el diario oficial El Peruano el 27 de mayo de 2020, se aprobó la Declaración Jurada a que se refiere el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM, sobre el personal comprendido en el grupo de riesgo que deseen concurrir a trabajar;

Que, a través de la Resolución de Secretaria General Nº 070-2020-MINAGRI-SG, de fecha 29 de mayo de 2020, se aprobaron los "Lineamientos para el retorno progresivo al trabajo presencial en las entidades del sector Agricultura y Riego";

Que, mediante el documento de Vistos, la Unidad de Recursos Humanos, en el marco de sus funciones y a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, propone actualizar el "Protocolo de seguridad, prevención y riesgos de contagio por COVID-19 y atención de salud de los servidores civiles de la Autoridad Nacional del Agua que retornan a laborar luego de culminada la emergencia nacional", aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 085-2020-ANA, a fin de implementar las distintas disposiciones del Gobierno que fueron emitidas posterior a la aprobación de dicho Protocolo y que intensifican las medidas de seguridad y protección de los trabajadores para evitar la propagación del COVID-19;

Que, en ese sentido, dicha Unidad ha elaborado un documento interno denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua", en el cual se implementan las referidas disposiciones que intensifican las medidas de seguridad y protección de los trabajadores para evitar la propagación del COVID-19, con el fin de prevenir su contagio entre el personal que progresivamente retorna a laborar en la Autoridad Nacional del Agua del nivel Central, Desconcentrado y Unidades Ejecutoras;

Que, mediante Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar el "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua";

Con los vistos de la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades conferidas en el inciso h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Aprobar el documento denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Administración, a través de la Unidad de Recursos Humanos, efectúe el seguimiento y monitoreo del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Protocolo aprobado en el artículo 1º precedente.

Artículo 3.- Dejar sin efecto las Resoluciones Jefaturales Nº 085-2020-ANA y 090-2020-ANA.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana. gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese
AMARILDO FERNANDEZ ESTELA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 093-2020-ANA Aprueban el documento denominado "Protocolo de seguridad, prevención de riesgos de contagio por COVID-19 y atención de la salud del personal de la Autoridad Nacional del Agua"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 093-2020-ANA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-06-20
  • Fecha de aplicacion : 2020-06-21

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