10/14/2020

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 310-2020-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles DS 310-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 097-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para el financiamiento de las entidades del Gobierno
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles
DS 310-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 097-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para el financiamiento de las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales para reducir el impacto de las medidas dictadas como consecuencia de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dictan otra medida, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2020, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos del Gobierno Nacional, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para financiar los gastos corrientes para la continuidad de su operatividad institucional que se hayan visto afectados por una menor recaudación, captación u obtención de ingresos públicos por fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, por efecto de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; las que se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último; y, para tal fin, la Oficina de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces, debe sustentar el monto solicitado en base a la menor recaudación, captación u obtención de ingresos públicos respecto a su presupuesto institucional modificado a la fecha de entrada en vigencia del citado Decreto de Urgencia; y, el numeral 2.2 del citado artículo, exceptúa a los pliegos del Gobierno Nacional de lo establecido en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440; y, en los casos que corresponda, del artículo

72 del referido Decreto Legislativo, sólo para los fines establecidos en el numeral 2.1 antes mencionado;

Que, mediante el Oficio Nº 00178-2020-MINAM/ DM, el Ministerio del Ambiente solicita se efectúe una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)

para financiar los gastos corrientes para la continuidad de su operatividad institucional, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 097-2020; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00268-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, así como los Informes Nºs 00050 y 00055-2020-SENACE-GG-OPP/PRE de la Unidad de Programación y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SENACE, este último adjunto al Oficio Nº 00042-2020-SENACE-GG/OPP, con los sustentos respectivos;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1
285 577,00 (UN MILLÓ N DOSCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES), a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)
para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 097-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para el financiamiento de las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales para reducir el impacto de las medidas dictadas como consecuencia de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dictan otra medida; y, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 285 577,00 (UN MILLÓ N
DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para financiar los gastos corrientes para la continuidad de su operatividad institucional, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 097-2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 1 285 577,00
==========
TOTAL EGRESOS 1 285 577,00
==========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 052 : Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración - SENACE
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales PRODUCTO 3999999 : Sin Producto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 285 577,00
==========
TOTAL EGRESOS 1 285 577,00
==========
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
KIRLA ECHEGARAY ALFARO
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 310-2020-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 310-2020-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-10-13
  • Fecha de aplicacion : 2020-10-14

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.