1/30/2013

Resolución Administrativa N° 31-2013-P-CSJCL/PJ Disponen inicio de proceso de revalidación de inscripción de Peritos Judiciales

Disponen inicio de proceso de revalidación de inscripción de Peritos Judiciales inscritos en la Corte Superior de Justicia del Callao, para el año judicial 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 31-2013-P-CSJCL/PJ Callao, 21 de Enero de 2012. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Oficio No. 001-2013-GA-USJ-REPEJ-CSJCL/PJ cursado por el señor Oswaldo Heredia Sulca, Responsable del Registro
Disponen inicio de proceso de revalidación de inscripción de Peritos Judiciales inscritos en la Corte Superior de Justicia del Callao, para el año judicial 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 31-2013-P-CSJCL/PJ


Callao, 21 de Enero de 2012.

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DEL CALLAO
VISTOS:

El Oficio No. 001-2013-GA-USJ-REPEJ-CSJCL/PJ cursado por el señor Oswaldo Heredia Sulca, Responsable del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21° de la Resolución Administrativa No.
352-98-TP-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales, establece que el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales- REPEJ- deberá revalidar anualmente su inscripción, previo pago del derecho correspondiente.

Que, asimismo, el literal d) del artículo 8° del citado Reglamento establece que el aspirante a Perito Judicial debe presentar la constancia de colegiatura y/o habilitación correspondiente, por lo que debe tenerse presente dicho dispositivo legal para ser aplicado al proceso de revalidación a instaurar.

Que mediante el oficio de vistos, el Responsable del Registro de Peritos de esta Corte Superior de Justicia, solicita a la Presidencia de Corte que se emita la resolución para la revalidación de inscripción de los Peritos Judiciales en esta Corte Superior de Justicia.

Que, asimismo, a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de los órganos jurisdiccionales, y en tanto dure el proceso de revalidación de peritos judiciales para el presente año judicial, resulta necesario se amplíe la vigencia de la nónima de peritos aprobada por Resolución Administrativa 99-2012-P-CSJCL/PJ ampliada por Resolución Administrativa 123-2012-P-CSJCL/PJ.

Que, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas anteriormente señaladas se debe establecer el plazo de presentación de dichas solicitudes y los requisitos correspondientes, a efecto de que los peritos judiciales puedan ser designados en el presente año judicial como órgano de auxilio judicial de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia.

En consecuencia, con la facultad conferida a los Presidentes de Cortes en los incisos 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DISPONER el inicio del Proceso de REVALIDACIÓN DE INSCRIPCIÓN de Peritos Judiciales que se encuentran inscritos en esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al presente año judicial.

Artículo Segundo: ESTABLECER que el plazo para presentar las solicitudes de Revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales, se iniciará a partir del 01 de febrero hasta el 16 de marzo del año en curso.

Artículo Tercero: AMPLIAR la vigencia de las Resoluciones Administrativas números 99-2012-P-CSJCL/PJ y 123-2012-P-CSJL/PJ, en tanto dure el proceso de revalidaciòn de inscripciòn de peritos judiciales para el presente año judicial.

Artículo Cuarto: DISPONER que los profesionales y/o técnicos que participen en el presente proceso, deberán presentar además de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, la constancia de encontrase hábil para el ejercicio de la profesión u oficio, expedida por la entidad competente.

Artículo Quinto: PRECISAR que en el presente año judicial sólo podrán ser designados para actuar como Peritos Judiciales, aquellos profesionales y/o técnicos que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia.

Artículo Sexto: PONGASE la presente Resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia De Administración Distrital de esta Corte Superior, del Responsable de la Oficina de Peritos Judiciales y de la Oficina de Informativa para sus fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase CESAR G. CASTAÑEDA SERRANO Presidente

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.