1/22/2013

Resolución Directoral N° 0001-2013-AG-SENASA-DSV Aprueban Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco destinado a la exportación

Aprueban Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco destinado a la exportación AGRICULTURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0001-2013-AG-SENASA-DSV 3 de enero de 2013 VISTO: El Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco (Mangifera indica) destinado a la exportación, y; CONSIDERANDO: Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria faculta a la Autoridad Nacional en Sanidad
Aprueban Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco destinado a la exportación

AGRICULTURA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0001-2013-AG-SENASA-DSV


3 de enero de 2013
VISTO:

El Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco (Mangifera indica) destinado a la exportación, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria faculta a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria para dictar las normas, disposiciones, directivas y medidas que sean necesarias para complementar, especificar o precisar el contenido normativo de la referida ley, su Reglamento o Disposiciones Complementarias, o que se requieran para su mejor aplicación;

Que, el artículo 1° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, señala que tiene por objeto establecer normas y procedimientos para la aplicación y cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1059 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria;

Que, el artículo 13° del Decreto Legislativo N° 1059, Ley General de Sanidad Agraria, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, realizará la certificación fitosanitaria, previa inspección de las plantas y productos vegetales destinadas a la exportación;

Que, el literal c) del artículo 1° del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, dispone que uno de sus objetivos es establecer regulaciones fitosanitarias para el ingreso, exportación, reexportación, tránsito internacional y tránsito interno, aplicables a las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados;

Que, el Artículo 14° del Decreto Supremo N° 018-2008-AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, establece que los productores y exportadores son responsables de velar por la calidad de sus productos destinados a la exportación y de la implementación de un sistema de trazabilidad interna, que permita accionar al SENASA ante la notificación por parte de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria u Organización Nacional de Protección Fitosanitaria del país importador, de la detección de una plaga o del incumplimiento de las condiciones de ingreso fijadas, u otras acciones vinculantes;

Que, a fin de otorgar mayor seguridad fitosanitaria en las exportaciones de fruta fresca de mango, es necesario incorporar al 'Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco (Mangifera indica) destinado a la exportación' aprobado mediante Resolución Directoral N° 50-2010-AG-SENASA-DSV del 2 de diciembre de 2010, medidas complementarias en cuanto a la movilización de la fruta y compromisos de los actores que intervienen en la exportación del producto en mención;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG y el Decreto Supremo N° 008-2005-AG y su modificatoria; y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese el 'Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco (Mangifera indica) destinado a la exportación', el mismo que será publicado en el portal institucional del SENASA (www. senasa.gob.pe).

Artículo 2°.- Deróguese el 'Procedimiento para la Certificación Fitosanitaria de mango fresco (Mangifera indica) destinado a la exportación', aprobado con Resolución Directoral N° 50-2010-AG-SENASA-DSV, del 2 de diciembre de 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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