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Resolucion Ministerial N° 045-2013-PRODUCE Modifican denominaciones, unidades orgánicas y formularios en el TUPA del
1/27/2013
Resolucion Ministerial N° 045-2013-PRODUCE Modifican denominaciones, unidades orgánicas y formularios en el TUPA del
Modifican denominaciones, unidades orgánicas y formularios en el TUPA del Ministerio y los términos porcentuales aplicables por variación del valor de la UIT para el año 2013 PRODUCE RESOLUCION MINISTERIAL N° 045-2013-PRODUCE Lima, 25 de enero de 2013 VISTOS: El Memorando N° 0022-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 02-2013-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando N° 0055-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General Administración,
PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 045-2013-PRODUCE
Lima, 25 de enero de 2013
VISTOS: El Memorando N° 0022-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 02-2013-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando N° 0055-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General Administración, y el Informe N° 06-2013-PRODUCE/OGAJ-emolero de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-PODUCE, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, el mismo que ha sido modificado por los Decretos Supremos N° 012-2009-PRODUCE, 004-2010-PRODUCE, N° 003-2011-PRODUCE, N° 010-2011-PRODUCE y las Resoluciones Ministeriales N° 328-2009-PRODUCE, N° 514-2009-PRODUCE, N° 126-2010-PRODUCE, N° 270-2010-PRODUCE, N° 307-2010-PRODUCE, N° 097-2011-PRODUCE y N° 094-2012-PRODUCE;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE de fecha 23 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, incorporándose una nueva estructura orgánica y administrativa, para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos;
Que, en concordancia con el principio de simplicidad del procedimiento administrativo, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria;
Que, el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos, o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial;
asimismo; y en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38° de la ley mencionada dispone, que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;
Que, asimismo el numeral 8 del artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece, que el TUPA comprende los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo;
Que, habiéndose incrementado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a S/.3,700.00 como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 264-2012-EF que fija el valor de la UIT durante el año 2013, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, que aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, corresponde al Ministerio de la Producción efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT;
Que, estando a lo informado en los documentos de vistos y con el visado de la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica;
Que, de conformidad con la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, Aprueban lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo, el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM,
Aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, el Decreto Supremo N° 264-2012-EF, Aprueba el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el 2013, el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Actualización de las denominaciones de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Producción Modificar las denominaciones de los órganos y unidades orgánicas a cargo de los procedimientos administrativos y servicios en el TUPA del Ministerio de la Producción, así como de sus formularios y la respectiva codificación, al haberse aprobado el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; conforme al Anexo y los formularios que forman parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Modificación de los términos porcentuales previstos en el TUPA del Ministerio de la Producción como consecuencia de la variación del valor de la UIT Modificar los términos porcentuales previstos en el TUPA del Ministerio de la Producción como consecuencia de la variación del valor de la UIT, conforme al Anexo de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3°.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el 'Diario Oficial El Peruano' y el Anexo y los formularios referidos en los artículos 1° y 2°, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
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