Inicio
Defensa
Poder Ejecutivo
Resolución Ministerial N° 1644-2012-DE/SG Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio
1/13/2013
Resolución Ministerial N° 1644-2012-DE/SG Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio
Autorizan al Viceministro de Recursos para la Defensa realizar diversas acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa DEFENSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1644-2012-DE/SG Lima, 27 de diciembre de 2012 VISTOS: El Informe N° 109-2012-MINDEF/RD/DGPP/DPP, del 07 de diciembre de 2012, de la Dirección de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 199-2012-MINDEF-VRD/DGPP/01, del 13 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Legal
DEFENSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1644-2012-DE/SG
Lima, 27 de diciembre de 2012
VISTOS:
El Informe N° 109-2012-MINDEF/RD/DGPP/DPP, del 07 de diciembre de 2012, de la Dirección de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 199-2012-MINDEF-VRD/DGPP/01, del 13 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 3599-2012-MINDEF/OGAJ, del 20 de diciembre de 2012, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro de Defensa es la máxima autoridad del Sector y el Titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Defensa;
asimismo, el artículo 12° señala que el Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa tiene, entre otras funciones, la conducción y supervisión de los procesos de planificación para la provisión de los recursos presupuestales asignados al pliego; así como la supervisión de su empleo;
Que, el numeral 28 del artículo 10° de la citada norma, establece que es función del Ministro de Defensa, delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, el último párrafo del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, artículo 67.4° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente;
Que, el numeral 7.1 deI artículo 7° de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la referida ley, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la citada Ley establece que, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta da la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad;
pudiendo el Titular delegar dicha facultad a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1529-2011-DE/SG se delegó al Viceministro de Recursos para la Defensa facultades en materia presupuestal del Pliego 026:
Ministerio de Defensa, durante el período de regularización del Año Fiscal 2011 y para el Año Fiscal 2012;
Estando a lo informado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto y contando con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar al Viceministro de Recursos para la Defensa a realizar las siguientes acciones en materia presupuestal del Pliego 026 Ministerio de Defensa:
- Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se puedan emitir durante el período de regularización del Año Fiscal 2012.
- Remitir el Informe de Evaluación Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2012.
- Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Año Fiscal 2013.
- Remitir los Informes de Evaluación Semestral y Anual Presupuestaria para el Año Fiscal 2013.
Artículo 2°.- Autorizar al Viceministro de Recursos para la Defensa, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio de Defensa, la documentación que se requiera para modificar los Acuerdos Separados a los Contratos de Crédito, bajo la modalidad de Préstamos, suscritos en el marco del Núcleo Básico de Defensa.
Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 1529-2011-DE/SG.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)