2/06/2013

Decreto Supremo N° 014-2013-PCM Ratifican la incorporación de la Comisión Nacional de Bienes Incautados

Ratifican la incorporación de la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI como miembro de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DECRETO SUPREMO N° 014-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 057-2011-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Creación de la Comisión
Ratifican la incorporación de la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI como miembro de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
DECRETO SUPREMO N° 014-2013-PCM


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 057-2011-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Creación de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, con el objeto de coadyuvar en la coordinación y planificación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir los delitos del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, la cual tiene por función hacer el seguimiento de la implementación, cumplimiento y actualización del Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del T errorismo - CONTRALAFT , aprobado mediante Resolución Ministerial N° 062-2012-PCM, la Comisión podrá incorporar nuevos miembros, con el consenso previo de sus miembros, incorporación que será ratificada con Decreto Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante el Oficio N° 011-2012-PCM/CONABI-P, la Presidenta del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI solicita al Presidente de la CONTRALAFT se sirva proponer la inclusión de la CONABI como miembro permanente de la CONTRALAFT;

Que, conforme a lo señalado en el Acta de la Sesión N° 003-2012 de la CONTRALAFT, realizada el 04 de diciembre del 2012, se acuerda aprobar la incorporación de la CONABI a la CONTRALAFT;

Que, en consecuencia, corresponde expedir el decreto supremo que ratifique la incorporación de la CONABI a la CONTRALAFT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratificación de la incorporación de la CONABI a la CONTRALAFT Ratifíquese la incorporación de la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI como miembro de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del T errorismo – CONTRALAFT , aprobada en la Sesión N° 003-2012 de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del T errorismo, de fecha 4 de diciembre de 2012.

Artículo 2°.- Designación de los representantes La designación de los representantes, titular y alterno, de la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI se efectuará mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del presente decreto supremo.

Artículo 3°.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

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