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16 Normas Legales Martes 17 Febrero 2026 Trabajo RM 045-2026-TR Relaciones Exteriores
2/17/2026
16 Normas Legales Martes 17 Febrero 2026 Trabajo RM 045-2026-TR Relaciones Exteriores
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores 16 NORMAS LEGALES Martes 17 de febrero de 2026 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban el Listado de servicios públicos de protección social del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RM 045-2026-TR Lima, 16 de febrero de 2026 VISTOS: El Memorándum Nº 000105-2026-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000048-2026-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 0000088-2026-MTPE/4/8 y el Informe Nº 000016-2026-MTPE/4/8-JHL de la…
16 NORMAS LEGALES Martes 17 de febrero de 2026 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban el Listado de servicios públicos de protección social del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RM 045-2026-TR
Lima, 16 de febrero de 2026
VISTOS: El Memorándum Nº 000105-2026-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000048-2026-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 0000088-2026-MTPE/4/8 y el Informe Nº 000016-2026-MTPE/4/8-JHL de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Secretario General Nº 025-2024-TR-SG, se aprobó el documento "Cartera de Servicios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", el cual constituye un documento orientador que tiene por finalidad difundir y orientar a las personas en general respecto de los servicios que presta el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, de conformidad con el artículo 39 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 1 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Seguro Social de Salud - EsSalud es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social, adscrita al sector Trabajo y Promoción del Empleo, que tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1654, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para la adaptación de los servicios públicos de protección social, ante situaciones de emergencia, dicta el marco normativo para la adaptación de los servicios públicos de protección social;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del referido Decreto Legislativo, la adaptación de los servicios públicos de protección social es un proceso continuo que implica evaluar constantemente la necesidad de adecuar la oferta de servicios con ajustes necesarios para afrontar las diferentes situaciones de emergencia, e integrar dichos servicios con aquellos servicios orientados a combatir las causas que originan las emergencias; precisando además que, la referida adaptación es de naturaleza preventiva, pero también se ejecuta durante todas las etapas relacionadas con las situaciones de emergencia;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal h) del numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1654, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para la adaptación de los servicios públicos de protección social, ante situaciones de emergencia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2025-MIDIS, corresponde a los Ministerios, como entidades rectoras de servicios públicos de protección social, aprobar, mediante Resolución Ministerial, el Listado de los servicios públicos de protección social bajo su rectoría que ingresan al proceso de adaptación;
Que, de acuerdo con el numeral 15.3 del artículo 15 del citado Reglamento, la Resolución Ministerial que aprueba el listado de servicios públicos de protección social que deberán ser adaptados es publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la entidad;
Que, la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 000048-2026-MTPE/4/9.3, ha formulado la propuesta de Listado de servicios públicos de protección social del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual contiene los servicios propuestos por los órganos de línea del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y del Despacho Viceministerial de Trabajo, así como por los programas y entidades adscritas;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo Nº 1654, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para la adaptación de los servicios públicos de protección social, ante situaciones de emergencia; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2025-MIDIS; la Resolución del Secretario General Nº 025-2024-TR-SG, que aprueba el documento "Cartera de Servicios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo"; y la Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Acciones de adaptación Los órganos responsables y las entidades prestadoras de los servicios de protección social comprendidos en el Listado aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial definen e implementan acciones de adaptación de sus servicios, de manera preventiva y progresiva, para hacer frente a situaciones de emergencia, articulando acciones con los gobiernos regionales y locales y otros sectores, de ser necesario, en beneficio de la población afectada o potencialmente afectada.
Artículo 3.- Actualización del Listado de servicios públicos de protección social del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo El Listado aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial puede ser actualizado durante el primer trimestre de cada año, a propuesta de los órganos, programas y entidades adscritas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
17 NORMAS LEGALES
Martes 17 de febrero de 2026
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 045-2026-TR 16 NORMAS LEGALES Martes 17 de febrero de 2026 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban el Listado de servicios públicos de protección social del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 045-2026-TR
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-17
- Fecha de aplicacion : 2026-02-18
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