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Decreto Supremo N° 017-2013-EF Autorizan la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 117 Sistema Nacional
2/08/2013
Decreto Supremo N° 017-2013-EF Autorizan la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 117 Sistema Nacional
Autorizan la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 117 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 017-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la T ercera Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa,
ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 017-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la T ercera Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, se creó el Pliego Presupuestal correspondiente al Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE);
Que, la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Pliego Presupuestal: 117 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), hasta por la suma de S/.10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la implementación y financiamiento de dicho Pliego.
Que, las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autorizan por la indicada disposición se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación, a solicitud de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, y se financian con cargo al presupuesto institucional del Pliego:
010 Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 016-2013-MINEDU/SPE-UP, señala que cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego: 010 Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica Para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, hasta por el monto de S/. 10 000
000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser transferidos al Pliego: 117 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), a fin de cumplir con lo dispuesto por la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, con O?cio N° 082-2013-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicitó autorización para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con el fin de financiar la aplicación de la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor del Pliego: 117 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), hasta por la suma de S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES);
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Pliego 117 Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) para la implementación y financiamiento de dicho Pliego, conforme a lo dispuesto por la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica Para Todos PROGRAMA
PRESUPUESTAL 090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los Aprendizajes y de la Calidad Educativa ACTIVIDAD 5003144 : Mapas de Progreso de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 365 016,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002055 : Implementación de la Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y obligaciones sociales 648 000,00
2.3 Bienes y Servicios 5 986 984.00
TOTAL EGRESOS 10 000 000,00
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 117 : Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE)
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los Aprendizajes y de la Calidad Educativa ACTIVIDAD 5003144 : Mapas de Progreso de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 365 016,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002055 : Implementación de la Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y obligaciones sociales 648 000,00
2.3 Bienes y Servicios 5 986 984,00
TOTAL EGRESOS 10 000 000,00
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de febrero del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas
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