2/23/2013

Resolución de Directorio N° 008-2013-BCRP Autorizan viaje a Guatemala de funcionario del BCRP , en comisión de servicios

Autorizan viaje a Guatemala de funcionario del BCRP , en comisión de servicios BANCO CENTRAL DE RESERVA RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 008-2013-BCRP Lima, 21 de febrero de 2013 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitación para participar en el Seminario Ciclo de vida de la moneda, organizado por el Dutch Currency Association (DCA) y el Banco Central de Guatemala, que se llevará a cabo del 27 de febrero al 2 de marzo en la ciudad de Antigua, Guatemala; Es política del Banco Central
Autorizan viaje a Guatemala de funcionario del BCRP , en comisión de servicios

BANCO CENTRAL DE RESERVA
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 008-2013-BCRP


Lima, 21 de febrero de 2013
CONSIDERANDO QUE:

Se ha recibido una invitación para participar en el Seminario Ciclo de vida de la moneda, organizado por el Dutch Currency Association (DCA) y el Banco Central de Guatemala, que se llevará a cabo del 27 de febrero al 2 de marzo en la ciudad de Antigua, Guatemala;

Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central;

Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Gestión del Circulante tiene entre sus objetivos determinar y monitorear los requerimientos de billetes y monedas, su puesta en circulación y proponer las políticas para el adecuado procesamiento del numerario;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27619 y Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha 14 de febrero de 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Juan Medina Vergara, Especialista del Departamento de Programación del Circulante,
Subgerencia de Análisis y Programación del Circulante, de la Gerencia de Gestión del Circulante, a fin de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- El gasto aproximado que irrogue dicho viaje será como sigue:

Pasaje y T.U.U.A. US$ 1 194,85
Viáticos US$ 1 000,00
------------
TOTAL US$ 2 194,85
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Publíquese.

JULIO VELARDE
Presidente

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