2/17/2013

Resolución Jefatural N° 037-2013-J/ONPE Designan Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas

Designan Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, quienes ejercerán funciones en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de marzo de 2013 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 037-2013-J/ONPE Lima, 14 de febrero de 2013 Vistos; el Oficio N° 618-2013-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Acta N° 006-2013-CPS JACLV ODPE
Designan Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, quienes ejercerán funciones en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de marzo de 2013

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 037-2013-J/ONPE


Lima, 14 de febrero de 2013
Vistos; el Oficio N° 618-2013-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Acta N° 006-2013-CPS JACLV ODPE – CPR MARZO 2013, de la Comisión de Concurso Público de Méritos para la Selección de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; así como el Informe N° 040-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 1000-2012-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de noviembre de 2012, se convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el día domingo 17 de marzo de 2013;

Que, por Resolución N° 1068-2012-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de noviembre de 2012, fueron incluidos los distritos de Pucusana y Ate, de la provincia y departamento de Lima, en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales antes citado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política del Perú y a su Ley Orgánica;

Que, de otro lado, el artículo 24° de la Ley N° 26487, establece que para cada proceso electoral se conformarán como órganos temporales las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirán en el proceso en curso;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 027-2013-J/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 07 de febrero de 2013, se dispuso la publicación de la relación de postulantes que aprobaron el proceso de selección para cubrir las vacantes de titular y accesitario, para el cargo de Coordinadores de Local de Votación de las ODPE, quienes ejercerán funciones en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013, para la interposición de las tachas respectivas, a que se refiere el artículo 49° de la Ley N° 26859;

Que, mediante el Oficio de vistos, el Jurado Nacional de Elecciones indica que ante los Jurados Electorales Especiales no se ha interpuesto tacha alguna, contra el personal elegido como Coordinador de Local de Votación de cada ODPE;

Que, según acuerdo de fecha 14 de febrero de 2013, formalizado mediante el acta de vistos, la Comisión de Selección aprobó la relación definitiva de las personas seleccionadas en el cargo de Coordinadores de Local de Votación y sus accesitarios que desempeñarán funciones en la consulta popular antes indicada;

Que, de otro lado es pertinente señalar que a fin de lograr una mayor eficiencia en la consecución de los objetivos institucionales, resulta necesario delegar en el Titular de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE, la facultad de desplazamiento de los Coordinadores de Local de Votación de las ODPE, a efecto que puedan ser reasignados y/o reubicados, en circunscripciones administrativas distintas a las de su designación, asegurando de esta manera el adecuado funcionamiento de las mismas;

De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5° y el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como el literal cc) del artículo 9° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y,
Con los visados de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, a los ciudadanos consignados en el anexo de la Resolución Jefatural N° 027-2013-J/ONPE;
quienes ejercerán funciones en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013.

Artículo Segundo.- Delegar en el Titular de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional la facultad de adoptar las acciones necesarias de desplazamiento del personal designado, a fin de asegurar el adecuado funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (03) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe

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