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Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Resolución Jefatural N° 039-2013/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las
2/09/2013
Resolución Jefatural N° 039-2013/JNAC/RENIEC Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las
Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 039-2013/JNAC/RENIEC Lima, 7 de febrero de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000105-2012/GCRD/RENIEC (21DIC2012) de la Gerencia de Certificación y Registro Digital, la Hoja de Elevación N° 000304-2012/GPP/RENIEC (27DIC2012) de la Gerencia de Planificación
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 039-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 7 de febrero de 2013
VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000105-2012/GCRD/RENIEC (21DIC2012) de la Gerencia de Certificación y Registro Digital, la Hoja de Elevación N° 000304-2012/GPP/RENIEC (27DIC2012) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000238-2012/GPP/SGPL/RENIEC (27DIC2012) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 002911-2012/GPP/SGP/RENIEC (27DIC2012) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000218-2013/GAJ/RENIEC (01FEB2013) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;
Que mediante Resolución Jefatural N° 857-2010/JNAC/RENIEC (29SET2010) se aprobó el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del RENIEC;
Que el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que por Resolución Jefatural N° 050-2012/JNAC/RENIEC (25FEB2012), publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de febrero de 2012, se incluyeron los Procedimientos Certificación Digital N° 41: Emisión de Certificados Digitales en el Marco del Decreto Supremo N° 070-2011-PCM, N° 42: Cancelación del Certificado Digital y Anexo N° 19 en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC;
Que la inclusión de los procedimientos antes indicados, se sustentó, entre otros en el Decreto Supremo N° 070-2011-PCM, que modificó la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 052-2008-PCM, autorizando al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), en su condición de Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano, Entidad de Certificación para el Estado Peruano y Entidad de Registro o Verificación para el Estado Peruano, a emitir firmas y certificados digitales en tanto no esté acreditado ante la Autoridad Administrativa Competente (INDECOPI), reconociéndose a los documentos electrónicos soportados en dichos certificados digitales las presunciones legales establecidas en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 052-2008-PCM;
Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;
Que con la Resolución Jefatural N° 080-2012/JNAC/RENIEC (14MAR2012) modificada por la Resolución Jefatural N° 221-2012/JNAC/RENIEC (06SET2012), aprobó el texto del Convenio de Colaboración Interinstitucional de Certificación Digital en el Marco del Decreto Supremo N° 070-2011-PCM, el cual contemplaba entre otros aspectos, la gratuidad de la primera emisión de Certificados Digitales al Titular y a todos los Suscriptores que las Entidades del Sector Público soliciten durante el año 2012;
Que a través del documento de vistos, la Gerencia de Certificación y Registro Digital solicita, se amplíe el plazo para continuar con la emisión de Certificados Digitales sin costo durante el año 2013 para las Entidades del Sector Público;
Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad para la emisión de hasta 50,0000 certificados digitales a entidades del sector público, solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital, será con cargo a los Recursos Ordinarios, con que cuenta la Institución para el presente año fiscal 2013 y cuya atención será en la medida que se ejecuten los requerimientos respectivos;
Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción continuidad; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013;
Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural toda vez que su contenido proporciona información relativa y es de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013 la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten.
Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo a los Recursos Ordinarios con que cuenta la Institución durante el año 2013, y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Certificación y Registro Digital, Informática y Planificación y Presupuesto.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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