2/05/2013

Resolución Ministerial N° 025-2013-MIMP Designan Directora II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias

Designan Directora II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del INABIF MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2013-MIMP Lima, 4 de febrero de 2013 Vistos, la Nota N° 076-2013-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 010-2013-MIMP/OGPP/OMI/CRE de la Oficina de Modernización Institucional, la Nota N° 073-2013-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 011-2013-MIMP/ORGH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos
Designan Directora II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del INABIF

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2013-MIMP


Lima, 4 de febrero de 2013
Vistos, la Nota N° 076-2013-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 010-2013-MIMP/OGPP/OMI/CRE de la Oficina de Modernización Institucional, la Nota N° 073-2013-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 011-2013-MIMP/ORGH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal y el Oficio N° 045-2013/INABIF.DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica;

Que, por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, publicado el 27 de junio de 2012 en el diario oficial 'El Peruano', se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP y se dispuso, a través de su Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final, que el MIMP en un plazo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del citado reglamento, aprobará su Cuadro para Asignación del Personal, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF en un plazo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, aprobará su respectivo Manual de Operaciones;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 315-2012-MIMP del 20 de noviembre de 2012, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, en cumplimiento de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, la que establece en su artículo 28 que la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del INABIF se encuentra a cargo de un Director (a) II que depende funcional y jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del citado Programa Nacional;

Que, con Nota N° 073-2013-MIMP/OGRH del 1 de febrero de 2013, la Oficina General de Recursos Humanos del MIMP hace suyo el Informe N° 011-2013-MIMP/ORGH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, a través del cual considera procedente la designación en el cargo de Director (a) II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF;

Que, mediante Nota N° 076-2013-MIMP/OGPP del 4 de febrero de 2013, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 010-2013-MIMP/OGPP/OMI/CRE de la Oficina de Modernización Institucional, el cual señala que las funciones del cargo de Gerente (a) de la Unidad Gerencial de Desarrollo Integral de la Familia y Promoción del Voluntariado del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar
– INABIF consignado con el N° 937 en el CAP aprobado por Resolución Suprema N° 004-2005-MIMDES que tiene la condición de cargo de confianza, deberá entenderse que guardan relación con las funciones del cargo de Director (a) II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias considerado en el Anexo II
– Cuadro de Necesidades de Personal del Manual de Operaciones del INABIF;

Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario (a) que se desempeñará como Director (a) II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar
– INABIF, en atención a la nueva estructura orgánica del INABIF contenida en su Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 315-2012-MIMP;

Con las opiniones técnicas favorables de la Oficina General de Recursos Humanos y la Oficina General Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158
– Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594
– Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098 – Decreto Legislativo que aprueba el Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a la señora CARMEN LILIANA VEGA SEGOIN, en el cargo de Directora II de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar
– INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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