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Resolución Ministerial N° 069-2013-PRODUCE Constituyen Comisión encargada del proceso de diseño de los Programas Presupuestales
2/24/2013
Resolución Ministerial N° 069-2013-PRODUCE Constituyen Comisión encargada del proceso de diseño de los Programas Presupuestales
Constituyen Comisión encargada del proceso de diseño de los Programas Presupuestales en el marco de la programación y formulación del Presupuesto del Sector para el Año Fiscal 2014 PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 069-2013-PRODUCE Lima, 13 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe N° 033-2013-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 041-2013-PRODUCE/OGAJ-jtangm de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 069-2013-PRODUCE
Lima, 13 de febrero de 2013
VISTOS: El Informe N° 033-2013-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 041-2013-PRODUCE/OGAJ-jtangm de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como la de emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;
Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2013-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas se aprueba la Directiva N° 001-2013-EF/50.01 'Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014' y sus Anexos;
Que, el literal a) del artículo 8 de la citada Directiva, señala que el titular de la entidad rectora debe constituir una Comisión, mediante Resolución, la cual será presidida por el titular de la entidad rectora o por quien éste designe, e integrada por los jefes de las Oficinas de Planificación y Presupuesto, de Administración, de Infraestructura, de Programación e Inversiones, de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística y los jefes de las áreas técnicas encargadas de la implementación del diseño y su ejecución, o los que hagan sus veces;
Que, la mencionada Directiva señala los roles que le corresponde cumplir a la Comisión en el proceso de diseño de los programas presupuestales; por lo que resulta pertinente constituir la referida Comisión dictando el acto de administración correspondiente;
Con la visación de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28112,
Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir la Comisión encargada del proceso de diseño de los Programas Presupuestales en el marco de la programación y formulación del Presupuesto del Sector Producción para el Año Fiscal 2014.
Artículo 2.- La Comisión a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, estará integrada por:
• La Ministra de la Producción, o persona que delegue, quien lo presidirá.
• El Viceministro de MYPE e Industria, o persona que delegue.
• El Viceministro de Pesquería, o persona que delegue.
• Los Directores Generales de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, del Instituto del Mar del Perú y del Instituto Tecnológico de la Producción.
• El Director General de la Oficina General de Administración.
• El Director de la Oficina de Programación e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
• Los Directores Generales de las Direcciones Generales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria.
• Los Directores Generales de las Direcciones Generales del Despacho Viceministerial de Pesquería.
• Los Directores Generales de línea del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, del Instituto del Mar del Perú y del Instituto Tecnológico de la Producción.
Artículo 3.- La Comisión tendrá las siguientes funciones:
• Identificar la problemática sobre la que se elaborarían las propuestas de nuevos programas presupuestales y las agendas de revisión del diseño de los programas presupuestales incluidos en el presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2013.
• Definir a los equipos técnicos para cada programa presupuestal encargados de desarrollar las tareas antes mencionadas, así como validar los documentos que sustentan las propuestas de programas presupuestales y los resultados de la revisión de los programas presupuestales de 2013, previo a su remisión a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
• Las demás funciones previstas en la Directiva N° 001-2013-EF/50.01, 'Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014', aprobada por Resolución Directoral N° 003-2013-EF/50.01.
Artículo 4.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, actuará como Secretaria Técnica de la Comisión, prestando asistencia técnica y logística que asegure el cumplimiento adecuado de las funciones de la referida Comisión.
Artículo 5.- Los miembros de la Comisión podrán designar a su representante mediante comunicación dirigida a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde la notificación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- La Comisión conformada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días útiles contados desde la fecha de su publicación.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
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