2/05/2013

Resolución Suprema N° 035-2013-PCM Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la

Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 035-2013-PCM Lima, 4 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil como organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, orientado
Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 035-2013-PCM


Lima, 4 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil como organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, orientado a contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del Servicio Civil;

Que, con Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2010-PCM;

Que, mediante Resolución Suprema N° 236-2008-PCM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de SERVIR;

Que, mediante Decreto Supremo N° 117-2012-PCM, publicado en el Diario O?cial El Peruano con fecha 30 de noviembre de 2012, se modificó el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR;

Que, a través del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el artículo 16 que la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de las entidades públicas procede, entre otras causales, cuando la Entidad haya sufrido modificaciones en su Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; modificación que corresponde, para las entidades del Gobierno Nacional, se apruebe mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; siendo que para tal efecto los cargos son clasi?cados y aprobados por la propia entidad;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, mediante Informe de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros se ha emitido opinión favorable a la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de SERVIR;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Servicio Civil
- SERVIR, el cual forma parte de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Publicación La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario O?cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1° de la presente norma será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, al día siguiente de la publicación de la presente norma en el Diario O?cial El Peruano.

Artículo 3°.- Vigencia La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales a que se re?ere el artículo 2°.

Artículo 4°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

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