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Resolución Suprema N° 042-2013-PCM Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la Antártida y encargan
2/09/2013
Resolución Suprema N° 042-2013-PCM Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la Antártida y encargan
Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la Antártida y encargan su Despacho al Ministro de Agricultura PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2013-PCM Lima, 7 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2002-RE, se aprobó la Política Nacional Antártica constituyendo su objetivo general, la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico; contemplando
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2013-PCM
Lima, 7 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2002-RE, se aprobó la Política Nacional Antártica constituyendo su objetivo general, la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico; contemplando a su vez, entre sus estrategias, la implementación progresiva de la Estación Científica Machu Picchu, conforme a estándares en materia de construcciones antárticas y requisitos de protección ambiental y a las necesidades de la investigación científica nacional, con miras a acrecentar su eficiencia y hacerla operativa por períodos más prolongados;
Que, asimismo entre los objetivos específicos de la Política Nacional Antártica se encuentra la protección del medio ambiente antártico, a partir del desarrollo de estudios que permitan comprender la infiuencia que los procesos climáticos y ecológicos en la Antártida puedan tener sobre los ecosistemas marinos, así como propiciar el mantenimiento del interés en el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos marinos, favoreciendo todo régimen que asegure su protección;
Que, la Dirección de Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en su condición de ente rector en la conducción e implementación de la Política Nacional Antártica, dirige y coordina el desarrollo de la actividad científica del Perú en la Antártida, estableciendo mecanismos de cooperación con la comunidad científica y académica, difundiendo la importancia de la Antártida para el país, contribuyendo a la formación de una conciencia nacional antártica y aunando esfuerzos con diversas entidades, entre ellas, el Ministerio de la Producción, a fin de reafirmar el cumplimiento de la citada Política y consolidar nuestra presencia en el Continente Antártico;
Que, el Ministerio de la Producción es competente, en ordenamiento pesquero, pesquería industrial y acuicultura de mayor escala; encontrándose entre las funciones del Ministro, orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en armonía con la Política General del Gobierno; así como, proponer políticas y normas de protección ambiental y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el desarrollo de las actividades comprendidas en el ámbito del Sector Producción, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
Que, en tal sentido, en el marco del 25° aniversario de la primera expedición peruana a la Antártida, se justifica la participación de la señora Ministra de la Producción como parte de la delegación que acompañará al Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, en la visita a la Estación Científica Antártica Machu Picchu, ubicada en la Isla Rey Jorge, Antártida y viceversa, la misma que además le permitirá supervisar los trabajos de investigación científica que viene realizando el Instituto del Mar del Perú –
IMARPE, organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, en la Antártida;
Que, los gastos que irrogue el presente viaje por concepto de viáticos serán cubiertos por el Ministerio de la Producción, precisando que la Titular del Sector viajará en el avión presidencial;
Que, por lo expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Ministra de la Producción, en comisión de servicios, a la Estación Científica Antártica Machu Picchu, ubicada en la Isla Rey Jorge, Antártida y viceversa, con escala en las ciudades Buenos Aires y de Ushuaia, República Argentina, del 8 al 11 de febrero de 2013 y encargar el Despacho de la Producción, en tanto dure su ausencia;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN,
Ministra de Estado en el Despacho de la Producción, a la Estación Científica Antártica Machu Picchu, ubicada en la Isla Rey Jorge, Antártida y viceversa, con escala en las ciudades de Buenos Aires y de Ushuaia, República Argentina, del 8 al 11 de febrero de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos US $ 600.00
TOTAL US $ 600.00
Artículo 3°.- Encargar el Despacho de la Producción al señor MILTON MARTÍN VON HESSE LA SERNA, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, en tanto dure la ausencia de su titular.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción
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