3/26/2013

Resolución Suprema N° 103-2013-DE/FAP Autorizan viaje a Brasil de oficial FAP , en misión de estudios

Autorizan viaje a Brasil de oficial FAP , en misión de estudios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 103-2013-DE/FAP Lima, 24 de marzo de 2013 Visto el Acta de la V Reunión de Conversaciones entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Brasileña y el Fax AABR-N° 045 de fecha 14 de marzo de 2013 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) mantiene una permanente
Autorizan viaje a Brasil de oficial FAP , en misión de estudios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 103-2013-DE/FAP


Lima, 24 de marzo de 2013
Visto el Acta de la V Reunión de Conversaciones entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Brasileña y el Fax AABR-N° 045 de fecha 14 de marzo de 2013 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.

CONSIDERANDO:

Que, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Brasileña (FAB), la cual nos permite aprovechar el intercambio de oficiales para observar y aprender los adelantos que ellos han alcanzado en las ciencias aeronáuticas en los campos académico, doctrinario y tecnológico;

Que, la República Federativa del Brasil y la República del Perú, en el marco de las relaciones bilaterales establecen actividades de cooperación entre ambos países, en tal sentido en la Actividad N° 5 del Anexo Bravo del 'Acta de la V Reunión de Conversaciones entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Brasileña', llevada a cabo del 30 de julio al 03 de agosto de 2012, la Fuerza Aérea Brasileña ofreció una beca anual para que un Oficial de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Aérea Brasileña, Escuela de Comando y Estado Mayor de la Aeronáutica – ECAMER, en la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil;

Que, el Comandante FAP SANDRO PAUL BRAVO ULLMAN, ha sido designado para participar en el curso mencionado en el párrafo anterior, en virtud al mérito alcanzado por haber obtenido el primer puesto en el Programa de Comando y Estado Mayor de la FAP correspondiente al año 2012;

Que, con el Fax AABR-N° 045 de fecha 14 de marzo de 2013, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, informó que el curso antes indicado, se realizará del 25 de marzo al 31 de diciembre de 2013;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, del Comandante FAP SANDRO PAUL BRAVO ULLMAN, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Aérea Brasileña,
Escuela de Comando y Estado Mayor de la Aeronáutica
– ECAMER, del 25 de marzo al 31 de diciembre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora N° 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados,
Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, del Comandante FAP SANDRO PAUL BRAVO ULLMAN, NSA: O-9568789 DNI: 09313496, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Aérea Brasileña, Escuela de Comando y Estado Mayor de la Aeronáutica – ECAMER, del 25 de marzo al 31 de diciembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje: Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$ 1,301.00 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,301.00
Gastos de traslado – Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalación)
US$ 2,900.00 x 02 X 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 5,800.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,900.00 x 09 meses x 01 persona = US$ 26,100.00
US$ 2,900.00 / 31 x 07 días x 01 persona = US$ 654.84
Total a pagar = US$ 33,855.84
Artículo 3°.-El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 5°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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