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Resolución Ministerial N° 128-2013-PRODUCE Autorizan viaje a Colombia de funcionarios del Ministerio, en comisión
4/04/2013
Resolución Ministerial N° 128-2013-PRODUCE Autorizan viaje a Colombia de funcionarios del Ministerio, en comisión
Autorizan viaje a Colombia de funcionarios del Ministerio, en comisión de servicios PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 128-2013-PRODUCE Lima, 02 de abril de 2013 VISTOS: El Memorando N° 0388-2013-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 0813-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 1216-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0042-2013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 128-2013-PRODUCE
Lima, 02 de abril de 2013
VISTOS: El Memorando N° 0388-2013-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 0813-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 1216-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0042-2013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo Marco firmado el 06 de junio de 2012, se constituyó la Alianza del Pacífico. La referida Alianza se encuentra conformada por la República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú;
Que, mediante comunicación VDE - 00038, el Viceministro de Desarrollo Empresarial de Colombia, remite invitación del seminario taller derivado del proyecto 'Sinergia entre los países de la Alianza Pacifico para el mejoramiento de la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas', a realizarse los días 04 y 05 de abril de 2013, en la ciudad de Cali, República de Colombia. Asimismo, el referido documento señala que el Gobierno Colombiano asumirá el pago de alojamiento, manutención diaria y movilidad local, de hasta tres funcionarios por Gobierno;
Que, mediante el Informe Técnico N° 01-2013-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGECOMTE de la Dirección General de Estudios Económicos Evaluación y Competitividad Territorial de Despacho Viceministerial de MYPE e industria, se señala que la participación de nuestro país en el referido taller se vincula a los temas de acceso, articulación de mercados, competitividad, desarrollo empresarial, instrumento para el acceso al financiamiento, por lo que se propone la participación del señor Ronald Oswaldo Ríos Espinoza, Director (s) de la Dirección de Competitividad Territorial y el señor Héctor Rosendo Chávez Chávez, Director (s) de la Dirección de Instrumentos para el Crecimiento Empresarial;
Que, en tal sentido, resulta de interés sectorial, la intervención de los referidos profesionales, a fin de compartir de las políticas, mejoras prácticas e instrumentos financieros y no financieros de apoyo a las MIPYME de los países miembros de la Alianza;
Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que, al enmarcarse dentro del supuesto de excepción antes detallado, y considerando el Informe Técnico y el itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta conveniente autorizar el viaje de los señores Ronald Oswaldo Ríos Espinoza y Héctor Rosendo Chávez Chávez, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 03 al 06 de abril de 2013;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica;
y,
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
y, la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva N° 007-2009-PRODUCE - Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor RONALD OSWALDO RÍOS ESPINOZA, Director (s) de la Dirección de Competitividad Territorial de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial y el señor HÉCTOR ROSENDO CHÁVEZ CHÁVEZ, Director (s) de la Dirección de Instrumentos para el Crecimiento Empresarial de la Dirección General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 03 al 06 de abril de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 1,715.60
TOTAL US$ 1,715.60
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios señalados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar al Titular del Sector, con copia a las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
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