4/13/2013

Resolución Suprema N° 136-2013-DE/MGP Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña

Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, en comisión de servicios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 136-2013-DE/MGP Lima, 12 de abril de 2013 Visto, el Oficio P.200-0387 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 21 de febrero de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Internacional de Señalización Marítima, es una organización técnica no gubernamental que reúne a la mayoría
Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, en comisión de servicios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 136-2013-DE/MGP


Lima, 12 de abril de 2013
Visto, el Oficio P.200-0387 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 21 de febrero de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, la Asociación Internacional de Señalización Marítima, es una organización técnica no gubernamental que reúne a la mayoría de los servicios de señalización marítima, fabricantes, responsables de la instalación y mantenimiento de faros, boyas y otras ayudas a la navegación marina, ofreciendo la oportunidad de comparar sus experiencias y logros; siendo su principal objetivo el de favorecer el mejoramiento continuo de las ayudas a la navegación marítima, empleando nuevas técnicas de navegación acorde con las necesidades actuales y de futuro, las mismas que se exponen durante las veces que sus Comités Técnicos se reúnen, contribuyendo de esta manera a la reducción de accidentes marítimos e incrementando la seguridad de la vida humana y la propiedad en el mar; estando previsto la realización del XX Comité de Ingeniería y Conservación del Medio Ambiente (EEP-20) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación y Autoridades de Faros (IALA-AISM), en la ciudad de Saint Germain en Laye, República Francesa, del 15 al 19 de abril de 2013;

Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior para que participe en la mencionada Reunión;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representación Nacional ante Organismos Internacionales, Ítem 14, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Javier FERNÁNDEZ Segura, para que participe en el XX Comité de Ingeniería y Conservación del Medio Ambiente (EEP-20) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación y Autoridades de Faros (IALA-AISM), a realizarse en la ciudad de Saint Germain en Laye, República Francesa, del 15 al 19 de abril de 2013;
por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, debido al itinerario del viaje, y con el fin de facilitar el traslado del citado Oficial Superior a la ciudad de Saint Germain en Laye, resulta necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día posterior al término de la referida Comisión de Servicio, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004:

Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Javier FERNÁNDEZ Segura, CIP. 00919147 y DNI. 09875834, para que asista al XX Comité de Ingeniería y Conservación del Medio Ambiente (EEP-20) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación y Autoridades de Faros (IALA-AISM), a realizarse en la ciudad de Saint Germain en Laye, República Francesa, del 15 al 19 de abril de 2013;
así como, autorizar su salida del país el 14 y el retorno el 20 de abril de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Saint Germain en Laye (REPÚBLICA FRANCESA) - Lima US$ 2,880.00 US$ 2,880.00
Viáticos:

US$ 260.00 x 5 días US$ 1,300.00
-------------------
TOTAL A PAGAR: US$ 4,180.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4°.- El Oficial Superior comisionado, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 5°.- El mencionado Oficial Superior, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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