5/16/2013

Resolución de Presidencia de Consejo Superior 049-2013-SINEACE/P Conforman el Consejo Directivo del Proyecto 'Mejoramiento de la Calidad

Conforman el Consejo Directivo del Proyecto 'Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD' SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO SUPERIOR N° 049-2013-SINEACE/P Lima, 14 de mayo de 2013 VISTOS: El Oficio N° 639-2013-EF/10.01, del Ministerio de Economía y Finanzas, el Oficio N° 071-2013-MINEDU/VMGP, del Ministerio de Educación, el Oficio N° 0067-2013-MINEDU/COSUSINEACE - CONEAU, del Consejo de Evaluación, Acreditación y
Conforman el Consejo Directivo del Proyecto 'Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD'

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO SUPERIOR N° 049-2013-SINEACE/P


Lima, 14 de mayo de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 639-2013-EF/10.01, del Ministerio de Economía y Finanzas, el Oficio N° 071-2013-MINEDU/VMGP, del Ministerio de Educación, el Oficio N° 0067-2013-MINEDU/COSUSINEACE - CONEAU, del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU y el Oficio N° 091-2013-MINEDU/SG-SINEACE-CONEACES, del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria
- CONEACES; y,
CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo N° 262-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US $ 25 000 000,00, (Veinticinco millones y 00/100 dólares americanos), destinada a financiar parcialmente la ejecución del Proyecto
'Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior', el mismo que tiene por objeto el mejoramiento de la calidad de la educación superior en el país;

Que, asimismo en el artículo 3° de la norma antes invocada, se precisa que la Unidad Ejecutora del Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD, será el Consejo Superior de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, organismo adscrito al Ministerio de Educación;

Que, el Acuerdo de Préstamo - Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior, suscrito con fecha 15 de enero del 2013 entre la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento – BIRF, indica en el numeral 2. del literal A. de la Sección I del Programa 2, referido a la 'Ejecución del Proyecto', que el Prestatario a través del COSUSINEACE
– UCP, deberá establecer y luego mantener durante la implementación del Proyecto, un Consejo Directivo compuesto por representantes del COSUSINEACE
(CONEAU y CONEACES), MINEDU y MEF, con funciones y responsabilidades aceptables para el Banco, incluidos entre otras cosas, la responsabilidad de proveer la supervisión y coordinación general del Proyecto, según lo establecido en el Manual de Operaciones;

Que, mediante Oficio N° 639-2013-EF/10.01, se ha designado a la señorita Liliana Edith Li Mostacero como representante del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Oficio N° 071-2013-MINEDU/VMGP , se ha designado a la señora Iliana Estabridis Rey Sánchez, como representante del Ministerio de Educación;

Que, mediante Oficio N° 0067-2013-MINEDU/COSUSINEACE-CONEAU, se ha designado al señor Francisco Delgado de la Flor Badaracco, como representante del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU;

Que mediante Oficio N° 091-2013-MINEDU/SG-SINEACE-CONEACES; se ha designado al señor Luis Humberto Ludeña Saldaña, como representante del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria -CONEACES;

Que, atendiendo a lo antes expuesto y con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de Préstamo antes referido, es necesario conformar el Consejo Directivo del Proyecto 'Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD;

De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, el Acuerdo de Préstamo - Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior; y, con las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial N° 0500-2012-ED.

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Conformar el Consejo Directivo del Proyecto denominado 'Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD', proyecto que pertenece a la Unidad Ejecutora 002 del Pliego 117:

SINEACE, estando integrado el referido Consejo Directivo, por las siguientes personas:
- Liliana Edith Li Mostacero, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Iliana Estabridis Rey Sánchez, representante del Ministerio de Educación.
- Francisco Delgado de la Flor Badaracco, representante del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU.
- Luis Humberto Ludeña Saldaña, representante del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria
– CONEACES.

Artículo 2°.-. Las funciones y responsabilidades a las que se encuentran sujetos los miembros del Consejo Directivo, están establecidas en el Manual de Operaciones del Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior – PROCALIDAD.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta SINEACE

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