Inicio
Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo
Decreto Supremo 138-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales en el
6/28/2013
Decreto Supremo 138-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales en el
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 para proyectos de inversión pública de infraestructura vial ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 138-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional,
ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 138-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;
Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036
Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2013, Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, se han asignado recursos públicos para la ejecución de proyectos de inversión pública, relacionados a la construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras a cargo de Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 29951, establece que en el Año Fiscal 2013, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales se transfieren bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo, refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio;
Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de la citada Ley señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de la presente disposición sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013. Asimismo, dicho numeral dispone que cada Pliego Presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente;
Que, el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; señalándose que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo Informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, mediante los Memorandos N°s. 598 y 605-2013-MTC/21, el Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Descentralizado – Provías Descentralizado, informa que los PIP con códigos SNIP
173108 (Yauyucán – Cajamarca) y 221386 (Huamanguilla
– Ayacucho) cuentan con declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); por lo que solicita autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público del año 2013, conforme a los términos, condiciones y montos establecidos en los Convenios N°s. 075 y 071-2013-MTC/21 de transferencia de recursos bajo la modalidad de modificación presupuestaria;
Que, con el Memorando N° 1338-2013-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 797-2013-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas a favor de las Municipalidades Distritales de Huamanguilla y Yauyucán, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, para la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura vial declarados viables de acuerdo al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), contando para ello con los respectivos Convenios y con los recursos presupuestales asignados en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2013-Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar las transferencias de recursos requeridas; en virtud de lo cual, con Oficio N° 0702-2013-MTC/04, el referido Ministerio solicita la transferencia de recursos correspondiente;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de las Municipalidades Distritales de Huamanguilla y Yauyucán, hasta por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
5 000 000,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado, para el financiamiento de ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de mejoramiento de carreteras, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1°.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00), para la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de mejoramiento de carreteras en los Gobiernos Locales de Huamanguilla y Yauyucán, de acuerdo al siguiente detalle:
En Nuevos Soles DE LA:
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 036 : Ministerio De Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PROYECTO 2164904 : Mejoramiento de carretera con Tratamiento Superficial Bicapa del tramo La Vega Huamanguilla, distrito de Huamanguilla - Huanta
- Ayacucho FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición De Activos No Financieros 3 000 000,00
PROYECTO 2210384 : Mejoramiento de Carretera de Acceso desde C.P. La Conga-La Palma al C.P. Mitopampa,distrito de Yauyucán – Santa Cruz -Cajamarca FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición De Activos No Financieros 2 000 000,00
TOTAL EGRESOS 5 000 000,00
=================
A LA:
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 050403 : Municipalidad Distrital de Huamanguilla PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PROYECTO 2164904 : Mejoramiento de Carretera con Tratamiento Superficial Bicapa del tramo La Vega – Huamanguilla, distrito de Huamanguilla - Huanta
– Ayacucho FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición De Activos No Financieros 3 000 000,00
SUB TOTAL 3 000 000,00
=================
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 061311 : Municipalidad Distrital de Yauyucán PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PROYECTO 2210384 : Mejoramiento de Carretera de Acceso desde C.P. La Conga-La Palma al C.P. Mitopampa,distrito de Yauyucán – Santa Cruz -Cajamarca FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición De Activos No Financieros 2 000 000,00
SUB TOTAL 2 000 000,00
=================
TOTAL EGRESOS 5 000 000,00
=================
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Verificación y seguimiento El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de su Unidad Ejecutora Provías Descentralizado, es responsable de la verificación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y cronogramas de ejecución de los proyectos de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente.
Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)