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Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Resolución Jefatural 176-2013/JNAC/RENIEC 508-2011-JNAC/RENIEC
6/04/2013
Resolución Jefatural 176-2013/JNAC/RENIEC 508-2011-JNAC/RENIEC
N° 508-2011-JNAC/RENIEC REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 176-2013/JNAC/RENIEC Lima, 31 de mayo de 2013 Disponen la ampliación de las disposiciones contenidas en la R.J. VISTOS: La Hoja de Elevación N° 217-2013/GOR/RENIEC (12ABR2013) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N° 141-2013/GOR/SGAE/RENIEC (10ABR2013) emitido por la Sub Gerencia de Actividades Electorales de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 176-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 31 de mayo de 2013
Disponen la ampliación de las disposiciones contenidas en la R.J.
VISTOS:
La Hoja de Elevación N° 217-2013/GOR/RENIEC
(12ABR2013) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N° 141-2013/GOR/SGAE/RENIEC
(10ABR2013) emitido por la Sub Gerencia de Actividades Electorales de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000180-2013/GG/RENIEC (26MAR2013) de la Gerencia General, la Hoja de Elevación N° 000111-2013/GPP/RENIEC (02ABR2013) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000609-2013/GPP/SGP/RENIEC (02ABR2013) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y los Informes N° 000769-2013/GAJ/RENIEC (30ABR2013) y N° 000841-2013/GAJ/RENIEC (10MAY2013) emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;
Que mediante Resolución Jefatural N° 508-2011-JNAC/RENIEC (10OCT2011), se dispuso la incorporación en el Padrón Electoral de los ciudadanos con discapacidad mental o intelectual que no contaran con una resolución judicial de interdicción, así como la emisión de nuevos Documentos Nacionales de Identidad y la posterior entrega de los mismos de manera gratuita en los domicilios de los titulares, debiéndose tomar la declaración de los ciudadanos respecto de su decisión de consignar o no en el rubro observaciones del DNI, así como en el Padrón Electoral, la anotación de su discapacidad;
Que mediante Resolución Jefatural N° 612-2011-JNAC/RENIEC (29DIC2011) se dispuso ampliar la vigencia de las disposiciones contenidas en el dispositivo a que se contrae el considerando precedente durante el año 2012;
Que mediante Hoja de Elevación N° 217-2013/GOR/RENIEC (12ABR2013), la Gerencia de Operaciones Registrales remite el Informe elaborado por la Sub Gerencia de Actividades Electorales, respecto de la necesidad de ampliar la vigencia de las disposiciones contenidas en la Resolución Jefatural N° 508-2011-JNAC/RENIEC (10OCT2011);
Que mediante el Informe N° 141-2013/GOR/SGAE/RENIEC (10ABR2013), la Sub Gerencia de Actividades Electorales da cuenta que solicitó a la Sub Gerencia de Gestión de Base de Datos de la Gerencia de Tecnología de la Información, informe respecto de si aún existen ciudadanos con discapacidad mental e intelectual que no consignen Grupo de Votación en su Documento Nacional de Identidad, lo que implicaría la necesidad de ampliar los alcances de la Resolución Jefatural N° 508-2011 (10OCT2011) al presente ejercicio fiscal;
Que la Sub Gerencia de Gestión de Base de Datos de la Gerencia de Tecnología de la Información absuelve el requerimiento efectuado a través del Informe N° 000171-2013/SGGBD/RENIEC, por medio del cual da cuenta de la existencia de 19,487 ciudadanos con discapacidad mental e intelectual que aún no consignan un grupo de votación en su Documento Nacional de Identidad, razón por la cual se haría necesario extender los efectos de la entrega gratuita y domiciliaria del Documento Nacional de Identidad que fuera establecida a través de la Resolución Jefatural N° 508-2011-JNAC/RENIEC (10OCT2011) a dichos ciudadanos durante el presente año;
Que requerida la opinión de la Gerencia de Presupuesto y Planificación, ésta absuelve el trámite a través del Informe N° 609-2013/GPP/SGP/RENIEC (02ABR2013) de la Sub Gerencia de Presupuesto, por medio del cual concluye que es factible atender en el presente ejercicio fiscal el requerimiento presupuestal a que se contrae el considerando anterior con cargo a los recursos directamente recaudados con que cuenta la institución durante el presente ejercicio presupuestal 2013;
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la ampliación de todas las disposiciones contenidas en la Resolución Jefatural N° 508-2011-JNAC/RENIEC (10OCT2011), durante el presente ejercicio fiscal 2013.
Artículo Segundo.- Disponer que los gastos que demande la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural serán afectados con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuenta la institución durante el presente ejercicio fiscal 2013.
Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Imagen Institucional se encargue de la adecuada difusión de los alcances de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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