7/11/2013

104-2013-GRA/CR-AREQUIPA Aprueban donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde

Aprueban donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde ACUERDO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA N° 104-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 3 de julio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, según Convenio N° 060-201 1-GRA/PR – Convenio Tripartito Específico de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Gobierno Regional de Arequipa, la Asociación Civil Cerro Verde
Aprueban donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde ACUERDO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
N° 104-2013-GRA/CR-AREQUIPA


Arequipa, 3 de julio del 2013
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que, según Convenio N° 060-201 1-GRA/PR – Convenio Tripartito Específico de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Gobierno Regional de Arequipa, la Asociación Civil Cerro Verde y la Asociación Paz Holandesa, tiene por objeto brindar apoyo económico para la compra de equipos médicos destinados a garantizar la adecuada implementación, operatividad y mantenimiento del 'Hospital Infantil Tony Molleapaza Rojas', brindando atención a niños con discapacidad física;

Que, es atribución del Consejo Regional aprobar donación dineraria proveniente de instituciones nacionales privadas entre otras, como lo establece el artículo 15, punto s. 'Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley' de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, asimismo le corresponde, según lo preceptuado en el artículo 69 de la Ley 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobarlo mediante un acuerdo regional;

Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del Oficio N° 2277-2013-GRA/SG, de la Secretaría General, solicita que por Acuerdo Regional se apruebe una Donación Dineraria conforme al detalle señalado en la Carta (ACV-LOG/01-2012) de fecha 05 de octubre del 2012 y el Informe N° 708-2013-GRA/ORAJ, que indica que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales y privadas que es el caso se aprueban por Acuerdo Regional y que debe remitirse el expediente al Consejo Regional;

Fuente Donante Asociación Civil Cerro Verde Monto en nuevos soles S/ 368 636.20
Donatario Gobierno Regional de Arequipa Destino Servicios de Instalación del Sistema contra Incendio (incluye accesorios), Instalación Sistema Eléctrico (incluye accesorios), Mano de Obra y materiales para la Instalación de la Subestación Eléctrica. Implementación de la Clínica Infantil Tony Molleapaza Rojas.

Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley 28411/ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a los provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo Regional, para lo cual debe consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo observar dos formalidades: ((a)) cuando el monto de la donación supera las (05) Unidades Impositivas Tributarias, el Acuerdo Regional aprobatorio debe ser publicado tanto en el Diario Oficial 'El Peruano', como en la Página Web institucional; ((b)) cuando el monto de la donación sea inferior a las 05 Unidades Impositivas Tributarias, entonces, el Acuerdo Regional aprobatorio debe publicarse únicamente en la Página Web institucional; en ambos casos dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobado, bajo responsabilidad;

Que, por estas consideraciones, y, al amparo de la Ley N° 27783, de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867,
Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA;

SE ACUERDA:

Primero.- APROBAR la donación dineraria efectuada por la Asociación Civil Cerro Verde, por la suma de Trescientos sesenta y ocho mil seiscientos treinta y seis con 20/100 nuevos soles (S/ 368 636.20), donación dineraria que será destinada a la Servicios de Instalación del Sistema contra Incendio (incluye accesorios), Instalación Sistema Eléctrico (incluye accesorios), Mano de Obra y materiales para la Instalación de la Subestación Eléctrica en la Implementación de la Clínica Infantil Tony Molleapaza Rojas, el cual está desagregado en el ANEXO N°001 y es parte de la presente norma regional.

Segundo.- Encargar la publicación a la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobado el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial 'El Peruano' y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, debiendo el Órgano Ejecutivo Regional realizar el pago respectivo.

POR TANTO:

Regístrese y cúmplase.

JOSÉ CÁRCAMO NEYRA
Presidente del Consejo Regional de Arequipa

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