7/07/2013

Circular G-170-2013 Modifican G-165-2012 de informe de riesgos por nuevos productos

Modifican Circular G-165-2012 de informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CIRCULAR N° G-170-2013 Lima, 4 de julio de 2013 Ref.: Informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que, en uso de las atribuciones
Modifican Circular G-165-2012 de informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
CIRCULAR N° G-170-2013


Lima, 4 de julio de 2013

Ref.: Informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático

Señor Gerente General:
Sírvase tomar nota que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 7 del artículo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; y, por el inciso d) del artículo 57° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF; esta Superintendencia considera necesario modificar el plazo de remisión del informe de riesgos correspondiente a nuevos productos, que es requerido en la Circular G-165-2012; disponiéndose su publicación de acuerdo a las condiciones de excepción establecidas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS:

1. Alcance La presente norma modifica la circular de informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático aprobado por la Circular G-165-2012.

2. Aplicación Reemplácese el segundo párrafo del numeral 3 de la Circular N° G-165-2012 de acuerdo al siguiente texto: 'Las empresas remitirán a esta Superintendencia, copia de los informes, considerando los siguientes plazos:
- Nuevos productos: dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su lanzamiento.
- Cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo e informático: dentro de los diez (10) días hábiles de presentados al comité de riesgos o al comité especializado que haya evaluado dicha materia.'

3. Vigencia La presente circular entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Atentamente,
JAVIER POGGI CAMPODONICO
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

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