7/10/2013

Resolución 0777-2013-ANR Declaran que la Universidad del Pacífico ha cumplido lo dispuesto en la

Declaran que la Universidad del Pacífico ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pre y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 0777-2013-ANR Lima, 29 de mayo de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las Cartas N° 063-2011-REC/UP , de fecha 23 de junio de 2011, Nros. 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040
Declaran que la Universidad del Pacífico ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pre y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 0777-2013-ANR


Lima, 29 de mayo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Las Cartas N° 063-2011-REC/UP , de fecha 23 de junio de 2011, Nros. 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036,
037, 038, 039, 040 y 041-2013-REC/UP, de fecha 15 de abril de 2013, informe N° 070-2013-DGDAC, de fecha 22 de abril de 2013, el memorando N° 460-2013-SE, de fecha 30 de abril de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f);

Que, por Decreto Supremo N° 08, de fecha 28 de febrero de 1962, se autoriza el funcionamiento de la Universidad del Pacífico, con sede en la ciudad de Lima, la que tendrá carácter de universidad particular;

Que, el Consejo Nacional de la Universidad Peruana expidió la Resolución N° 6433-78-CONUP, de fecha 05 de junio de 1978, que aprobó la creación el Programa de Posgrado en Administración en la Universidad del Pacífico, el cual funcionará a partir del segundo semestre académico de 1978, y otorgará el grado de Magíster en Ciencias con mención en Administración;

Que, mediante las cartas de vistos, el Rector de la Universidad del Pacífico solicita el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de pre y posgrado que se han creado en su representada, adjuntando para tal efecto la documentación de aprobación y planes curriculares correspondientes;
1. Carrera Profesional de Ingeniería de la Información, aprobada por su Asamblea Universitaria, en su sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2011, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 077-2013-SEG/UP, de fecha 11 de abril de 2013; adscrita a la Facultad de Ingeniería.
2. Maestría en Desarrollo Organizacional y Dirección de Personas, aprobada por el Comité
Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
3. Maestría en Dirección de Marketing y Gestión Comercial, aprobada por el Comité Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
4. Maestría en Economía, aprobada por el Consejo Universitario, en su sesión del 08 de junio de 1988, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 408-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
5. Maestría en Finanzas, aprobada por el Consejo Universitario, en su sesión del 14 de junio de 1995, y certificada por el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 409-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011, y en su sesión del 15 de setiembre de 2010, el Comité Ejecutivo aprueba el lanzamiento de nuevas áreas de especialización dentro de la ya existente Maestría en Finanzas, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP , de fecha 03 de agosto de 2011, siendo estas las siguientes: Especialización en Gestión de Finanzas Corporativas, Especialización en Instituciones Microfinancieras, Especialización en Portafolios de Inversión, y Especialización en Gestión Integral de Riesgos Financieros.
6. Maestría en Gestión de Agronegocios y Alimentos, aprobada por el Comité Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, acuerdo que certifica el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
7. Maestría en Gestión de Negocios Globales, aprobada por el Comité Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, y certificada por el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
8. Maestría en Regulación de Servicios Públicos y Gestión de Infraestructura, aprobada por el Comité
Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, y certificada por el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
9. Maestría en Gestión Pública, aprobada por el Comité Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, y certificada por el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.
10. Maestría en Auditoría, aprobada por el Comité
Ejecutivo de la Escuela de Posgrado, en su sesión del 15 de setiembre de 2010, y certificada por el Secretario General de la citada universidad mediante Certificación N° 410-2011-SEG/UP, de fecha 03 de agosto de 2011.

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad del Pacífico, con sede en la cuidad de Lima, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante memorando 460-2013-SE, la Secretaría Ejecutiva dispone la emisión una resolución, por la cual se declare que la Universidad del Pacífico, con sede en Lima, ha cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente, respecto a la creación y funcionamiento de lo descrito en el cuarto considerando;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad del Pacífico, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pre y posgrado siguientes:

I. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO
1. Facultad de Ingeniería
- Carrera Profesional de Ingeniería de la Información II. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO
1. Maestría en Desarrollo Organizacional y Dirección de Personas 2. Maestría en Dirección de Marketing y Gestión Comercial 3. Maestría en Economía 4. Maestría en Finanzas, con menciones en:

Especialización en Gestión de Finanzas Corporativas Especialización en Instituciones Micro financieras Especialización en Portafolios de Inversión Especialización en Gestión Integral de Riesgos Financieros.
5. Maestría en Gestión de Agronegocios y Alimentos 6. Maestría en Gestión de Negocios Globales 7. Maestría en Regulación de Servicios Públicos y Gestión de Infraestructura 8. Maestría en Gestión Pública 9. Maestría en Auditoría Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.