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Resolución Directoral 0061-2013-AG-SENASA-DIAIA AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Programas de Capacitación y Asistencia Técnica
7/05/2013
Resolución Directoral 0061-2013-AG-SENASA-DIAIA AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Programas de Capacitación y Asistencia Técnica
AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Programas de Capacitación y Asistencia Técnica presentados por diversos titulares de registros de plaguicidas químicos de uso agrícola PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0061-2013-AG-SENASA-DIAIA 21 de junio de 2013 VISTO: Los hechos materia de instrucción, señalados en el Informe-0030-2013- AG-SENASA-DIAIA-SIA-JCARRASCO de fecha 19 de junio de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 048-2010-PCM se aprobó
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0061-2013-AG-SENASA-DIAIA
21 de junio de 2013
VISTO:
Los hechos materia de instrucción, señalados en el Informe-0030-2013- AG-SENASA-DIAIA-SIA-JCARRASCO de fecha 19 de junio de 2013;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 048-2010-PCM se aprobó la actualización de la calificación y relación de los Organismos Públicos que establece el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, mediante el cual se califica al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura, creado a través del Título V del Decreto Ley N° 25902, el cual tiene por finalidad dotar a la actividad agrícola y pecuaria nacional de un marco de mayor seguridad y menores riesgos sanitarios, contribuyendo a su desarrollo sostenido y por ende al bienestar de la población;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-AG se aprueba el Reglamento para reforzar las acciones de control post registro de plaguicidas químicos de uso agrícola;
Que, el artículo 11° del Reglamento citado señala que los titulares de registro deberán contar con programas de actividades de capacitación y asistencia técnica con una duración de dos (2) años, de manera individual o asociada, pudiendo designar a terceros para su ejecución bajo su responsabilidad;
Que, asimismo, el artículo 12° del Reglamento precitado indica que el SENASA aprobará bianualmente el Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, conformado por los programas de actividades de capacitación y asistencia técnica de los titulares de registro y los programas que con el mismo propósito establezcan Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y el SENASA. Para ello los titulares de registro deben presentar al SENASA, de manera individual, agrupada o asociada, hasta el último día hábil del mes de enero de cada año que corresponda, sus respectivos programas para su evaluación y análisis, teniendo en cuenta los lineamientos citados en el artículo precedente y los lineamientos específicos aprobados por el SENASA.
El SENASA aprobará el Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica antes de culminar el primer trimestre de cada año de presentación.
Que, mediante Resolución Directoral-0041-2013-AG-SENASA-DIAIA del 20 de mayo de 2013 se aprueban los Programas de Capacitación y Asistencia Técnica de los titulares de registro de plaguicidas químicos de uso agrícola que estaban conformes, según lo expuesto en el Informe-0008-2013-AG-SENASA-DIAIA-SIA-JCARRASCO de fecha 8 de abril de 2013 e Informe-0021-2013-AG-SENASA-DIAIA-SIAJCARRASCO de fecha 1 de mayo de 2013;
Que, mediante Informe del visto, la Subdirección de Insumos Agrícolas comunica una nueva relación de titulares de registro de plaguicidas químicos de uso agrícola que han completado sus Programas de Capacitación y Asistencia Técnica y que se encuentran conformes para su aprobación;
Estando a lo expuesto, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1059, Decreto Supremo N° 008-2012-AG, y con el visto bueno de la Subdirección de Insumos Agrícolas y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR los Programas de Capacitación y Asistencia Técnica presentados por los siguientes titulares de registros de plaguicidas químicos de uso agrícola:
- Agroimex SAC
- Alvaro Cruz Quito
- Insumos Agrícolas Peruanos SAC
- Jesús Orihuela Contreras
- INTERAMSA Agroindustrial SAC
- Ishihara Perú SA
- Ronel Hildalgo Huertas – INDAGRO
- Serfi SA (asociada)
- Todo Agrícola SA
Artículo 2°.- Los titulares de registro y/o los responsables de los programas que se ejecuten de manera agrupada o asociada deben presentar al SENASA, hasta los quince (15) primeros días hábiles del siguiente año un informe anual sobre el desarrollo de éstos, precisando el nivel de avance, los logros y limitaciones que se han presentado durante el año anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CABALLERO SOLIS
Director General
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