8/28/2013
Resolución Ministerial N° 504-2013-MTC/02
Lima, 23 de agosto de 2013 VISTOS: Los Informes No. 313-2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y No. 298-2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo
VISTOS:
Los Informes No. 313-2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y No. 298-2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución conforme a la Ley No. 27619;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No.
29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, las empresas LC Busre S.A.C. y Helicópteros del Sur S.A., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de setiembre de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento No. 05, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, las empresas LC Busre S.A.C. y Helicópteros del Sur S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;
Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes No. 313-2013-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y No. 298-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, de la citada Dirección General;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29951, Decreto Supremo No.
047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 313-2013-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y No. 298-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica:
- Javier José Félix Alemán Urteaga, del 02 al 05 de setiembre de 2013, a la ciudad de Madrid, Reino de España.
- José Dante Coda Plascencia, del 05 al 11 de setiembre de 2013 a la ciudad de Tyumen, Federación Rusa - Javier José Félix Alemán Urteaga, del 06 al 08 de setiembre de 2013, a la ciudad de Madrid, Reino de España.
Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas LC Busre S.A.C. y Helicópteros del Sur S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN
EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE
AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 02 AL 11 DE SETIEMBRE DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 298-2013-MTC/12.04 Y
N° 313-2013-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN N°
INICIO FIN VIÁTICOS
(US$)
SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN
N°s 2111-2013-MTC/12.04
02-Sep 05-Sep US$ 780.00 LC BUSRE
S.A.C.
Alemán Urteaga, Javier José Félix Madrid España Chequeo técnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 13971-13972-13973-13974
2112-2013-MTC/12.04
05-Sep 11-Sep US$
1,300.00
Helicópteros del Sur S.A.
Coda Plascencia, José Dante Tyumen Federación de Rusia Chequeos técnicos Inicial y de proficiencia en simulador de vuelo del equipo MI-17 a su personal aeronáutico 14275-14276
2113-2013-MTC/12.04
06-Sep 08-Sep US$ 520.00 LC BUSRE
S.A.C.
Alemán Urteaga, Javier José Félix Madrid España Chequeo técnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 4882-4885-14186
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