9/26/2013

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 105-2013-CR/GRM Aprueban suscripción del Convenio entre UNOPS y el

Aprueban suscripción del Convenio entre UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua, para el Encargo de los Procesos de Licitación para el Proyecto Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 105-2013-CR/GRM Fecha: 16 de agosto del 2013 VISTO: En Sesión Extraordinaria N°. 13-2013, de fecha dieciséis de agosto del 2013 del Consejo Regional de Moquegua, el Dictamen N°. 001-2013-CE-COPPAT-CODE.COI-2013-CR/GRM sobre la suscripción del Convenio entre la UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua,
Aprueban suscripción del Convenio entre UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua, para el Encargo de los Procesos de Licitación para el Proyecto Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 105-2013-CR/GRM
Fecha: 16 de agosto del 2013
VISTO:

En Sesión Extraordinaria N°. 13-2013, de fecha dieciséis de agosto del 2013 del Consejo Regional de Moquegua, el Dictamen N°. 001-2013-CE-COPPAT-CODE.COI-2013-CR/GRM sobre la suscripción del Convenio entre la UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua, para el Encargo de los Procesos de Licitación para el Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" con Código SNIP N° 71957; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley N° 28607, y lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;
con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción del Departamento de Moquegua, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional;

Que, con Decreto Supremo N° 159-2013-EF, se autoriza al Ministerio de Salud efectuar la transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013, por la suma de S/. 35 000 000,00 a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para el proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital de Moquegua".

Que, el artículo 15° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional entre otros, en el literal a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el inciso k) del artículo 21°
establece que el Presidente Regional tiene la atribución de celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional Contratos, Convenios (…) relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de desarrollo conforme a la Ley. De materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponden al Gobierno Regional.

Que, mediante Informe N°. 590-2013-GRI/GR.MOQ
la Gerencia Regional de Infraestructura solicita se lleve a cabo el proceso de contratación por encargo para el "Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" – para la Elaboración del expediente técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia.

Ante lo cual la Dirección Regional de Administración emite Opinión Técnica con Informe N° 225-2013-DRA/GR.MOQ
sobre las ventajas y beneficios respecto a los procesos de selección que se realicen por encargo con un Organismo Internacional a través de un Convenio. Y el Gerente General emite el Informe 323-2013-GGR/GR.MOQ dirigido al Presidente Regional recomendando que el proceso de selección sea desarrollado bajo encargo por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos -UNOPS.

Que, mediante Informe N°. 591-2013-GRI/GR.MOQ la Gerencia Regional de Infraestructura, solicita se lleve a cabo el proceso de contratación por encargo para el "Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" para La adquisición de Equipamiento Hospitalario, ante lo cual la Dirección Regional de Administración con Informe N° 226- 2013-DRA/GR.MOQ detalla las ventajas y beneficios respecto a los procesos de selección que se realicen por encargo con un Organismo Internacional a través de un Convenio y adjunta la matriz comparativa de plazos y con Informe N°. 328-2013-GGR/GR.MOQ la Gerencia General Regional dirigido al Presidente Regional, recomienda que el proceso de selección "La Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia," sea desarrollado bajo encargo por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos - UNOPS.

Que, mediante Informe N° 592-2013-GRI/GR.MOQ la Gerencia Regional de Infraestructura solicita el proceso de contratación por encargo para el "Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" – para La Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia, ante lo cual con Informe 227-2013-2013-DRA/GR.MOQ
la Dirección Regional de Administración, emite opinión sobre las ventajas y beneficios respecto a los procesos de selección que se realicen por encargo con un Organismo Internacional a través de un Convenio; y con informe N°.

329-2013-GGR/GR.MOQ el Gerente General al Presidente Regional, después del análisis de administración y legal recomienda que el proceso de selección para contratar a la supervisión sea desarrollado por encargo a la UNOPS.

Que, con Informe Técnico Legal N°. 004-2013-DRAJ/ GR.MOQ la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, refiere que la UNOPS como Organismo Internacional, en un órgano subsidiario creado por Decisión 48/501, del 19 de setiembre de 1994, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la cual deriva de la Organización de las Naciones Unidas y como órgano subsidiario la ONU
se sujeta al régimen del Derecho Internacional Público, asimismo la UNOPS y el Gobierno de la República del Perú suscribieron, en fecha 21 de abril del 2008, el Acuerdo de Sede para Establecimiento de la Oficina de UNOPS en Lima, ratificado por el Decreto Supremo N°029-2009-RE, el cual determina que la UNOPS puede brindar asistencia técnica especializada a las entidades del Estado Peruano, considerando que es signatario de la carta de las Naciones Unidas de 1945, por lo tanto es Miembro de la ONU y firmó la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas de 1946, aprobada mediante Decreto Ley N° 14542, del 04 de julio de 1936.

El Estado Peruano ha ratificado los tratados multilaterales mencionados y ambos habilitan a la UNOPS para operar en el país como órgano subsidiario de Naciones Unidas.

Que, el Convenio por encargo del proceso de contratación, está previsto en el tercer párrafo del artículo 6° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, el cual refiere que mediante convenio, las Entidades pueden encargar a otras del Sector Público y/o Privado, nacional o internacional, la realización de sus procesos de contratación incluyendo los actos preparatorios que sean necesarios, conforme a los procedimientos y formalidades que se establecen en el Reglamento.

Que, el artículo 86° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S. N° 184-2008-EF, establece que por razones económicas o de especialidad en el objeto de la convocatoria, una Entidad podrá encargar a otra Entidad pública o privada, nacional o internacional u organismos internacionales, mediante Convenio Interinstitucional, la realización del proceso de selección que aquella requiera para la contratación de bienes, servicios y obras, previo Informe Técnico Legal que sustente la necesidad y viabilidad del Encargo. En la cual se considera tres supuestos para encargar la realización de procesos de selección: Encargo a una Entidad Pública, Encargo a una Entidad Privada Nacional o Internacional y Encargo a Organismos Internacionales.

Que, el artículo 89° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 140-2012-EF, precisa que los Convenios de Encargo a Organismos Internacionales, en el caso de los Gobiernos Regionales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional; el cual es establece que para adoptar la decisión de encargo y para designar el Organismo Internacional, se debe contar previamente con: Informe de la Oficina de Presupuesto, sobre la disponibilidad de los recursos para el financiamiento de las contrataciones objeto del encargo, e Informe de la Oficina de Administración sobre las ventajas y beneficios de la concertación del Convenio.

Que, el numeral 4 del artículo 89° en mención precisa que las Entidades encargantes celebran un convenio con el Organismo encargado, el que deberá ser específico y concreto para cada proceso de contratación encargado;
sin embargo se cuenta con la Opinión N° 047-2013/ DTN de la Dirección Técnica Normativa de la OSCE., el cual precisa que "Cuando se trate de un único proyecto cuya ejecución implique realizar varias contrataciones vinculadas entre sí, deberá preverse cada una de estas contrataciones en el convenio, precisando su alcance, así como las obligaciones y responsabilidades que asumirán las partes por cada contratación que se desee encargar".

Que, la necesidad de encargar a un Organismo Internacional los procesos de licitación para la ejecución del Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" con código SNIP N° 71957 - Elaboración del expediente técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia - La adquisición de Equipamiento Hospitalario - La Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia; está dada por el apremio de realizar el proyecto en el menor tiempo posible, debido a la ejecución del presupuesto asignado para el presente ejercicio fiscal, con riesgo a ser revertidos por tratarse de recursos ordinarios; así como de contar con un Hospital que satisfaga las prestaciones de salud con prestancia en la ciudad de Moquegua; el encargo permite al Gobierno Regional garantizar la contratación de Empresas para la ejecución del proyecto en el presente ejercicio presupuestal y reducir el plazo del proceso, los mismos que no estarán sujeto a judicialización.

Que, con Informe N°. 423-2013-GRPPAT/GR.MOQ
de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento T erritorial hace conocer la disponibilidad financiera para las contrataciones en el Proyecto. Con la salvedad que por ser un proyecto que comprenderá un periodo mayor al ejercicios presupuestales, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 27.3 del artículo 27° del TUO
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con D.S. N° 304-2012-EF, dichos contratos deberán contener, obligatoriamente y bajo causal de nulidad, una cláusula que establezca que la ejecución de los mismos está sujeto a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la Entidad, en el marco de los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos correspondientes, detallado en el Informe N°. 453-2013-GRPPAT/G.R.MOQ, que el proyecto cuenta con una disponibilidad presupuestal de S/. 3,195,246.97
Nuevos Soles, tanto para su ejecución y celebración de convenio con un Organismo Internacional .

Que, conforme se tiene de la cláusula tercera del Convenio, el costo total de la ejecución de la asistencia comprendida en los apéndices I y II del Convenio entre UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua, para el Encargo de los Procesos de Licitación para el Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" con Código SNIP N° 71957, es de USD 579,092 (Quinientos Setenta y Nueve Mil Noventa y dos dólares americanos.

En uso de las facultades concedidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, el Reglamento Interno de Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional N° 001-2011-CR/GRM; en mérito al análisis y debate el Consejo Regional de Moquegua en Sesión Extraordinaria, con el voto mayoritario de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta.

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR la suscripción del Convenio entre UNOPS y el Gobierno Regional de Moquegua, para el Encargo de los Procesos de Licitación para el Proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua" con Código SNIP N° 71957, el cual consta de tres (03) Procesos de Selección: Elaboración del expediente técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia; La adquisición de Equipamiento Hospitalario y La Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto y de la Construcción de la Obra del Hospital y de la Construcción de las Obras del Plan de Contingencia;

Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de Moquegua suscribir el respectivo Convenio con la UNOPS.

Artículo Tercero.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, informe de manera mensual al Consejo Regional, el avance de ejecución del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Hospital Moquegua".

Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulación regional y en el Portal del Gobierno Regional.

REMITIENDO copia del mismo a Presidencia Regional, Dirección General de Presupuesto Público, Consejo Regional, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional, UNOPS y demás instancias comprendidas pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

DIANIRA A. MEZA MENDOZA
Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.