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ORDENANZA MUNICIPAL N° 0027-2013-AL/CPB Modifican la Ordenanza N° 0012-2013-AL/CPB, en lo referido
9/03/2013
ORDENANZA MUNICIPAL N° 0027-2013-AL/CPB Modifican la Ordenanza N° 0012-2013-AL/CPB, en lo referido
Modifican la Ordenanza N° 0012-2013-AL/CPB, en lo referido a fecha de sorteo tributario ORDENANZA MUNICIPAL N° 0027-2013-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 24 de Julio del 2013, en la estación Orden del Día, el Informe N° 077-2013-GR/NCFLS-MPB., presentado por la Gerente de Rentas, sobre el Proyecto de Ordenanza que Modifica la Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/CPB., concerniente al Sorteo Tributario por el Mes de Julio y Diciembre 2013 - Por Pronto
ORDENANZA MUNICIPAL N° 0027-2013-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 24 de Julio del 2013, en la estación Orden del Día, el Informe N° 077-2013-GR/NCFLS-MPB., presentado por la Gerente de Rentas, sobre el Proyecto de Ordenanza que Modifica la Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/CPB., concerniente al Sorteo Tributario por el Mes de Julio y Diciembre 2013 - Por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – "Ley Orgánica de Municipalidades".
Que, las Ordenanzas Municipales Provinciales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa tal y como se recoge en el numeral 3) y 8) del artículo 9° y art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/ CPB., de fecha 24 de Abril del 2013, el Pleno del Concejo acordó por unanimidad, autorizar el Sorteo Tributario por el mes de Julio y Diciembre 2013 – por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013; en el cual, la Municipalidad Provincial de Barranca, llevará a cabo un Sorteo Tributario por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 2013, cuya finalidad es fomentar y promover una cultura de cumplimiento puntual y oportuno de las obligaciones tributarias por los conceptos de impuesto Predial y Arbitrios municipales, entre los contribuyentes de la Provincia, que se llevará a cabo el 26
de julio y 23 de diciembre del 2013.
Que, la Gerencia de Rentas, mediante Informe 077-2013-GR/MPB, de fecha 17 de Julio del 2013, solicita la Modificación de la Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/CPB., respecto a la fecha del 1er Sorteo Tributario programado para el 26 de Julio del presente año, prorrogándose la fecha para el 04 de Octubre del 2013, con motivo del Aniversario de la Creación Política de la Provincia de Barranca, teniendo en consideración, que recientemente se ha efectuado la Transferencia del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, la cual, con cuyos recursos se efectuaría la adquisición del Premio: Vehículo automotor 00 kms, como incentivo al pronto pago a los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias puntualmente, por concepto de impuesto predial y arbitrio municipal;
teniendo en cuenta los plazos para el Proceso de Selección respectivo para dicha adquisición, es que solicita la Postergación del 1er Sorteo Tributario.
Asimismo conforme a lo estipulado en el D.S. N°. 002-2013-EF, señala la exigencia del cumplimiento de la meta en la mejora de la recaudación de tributos municipales, al 31 de Julio del presente año del 17% más a lo recaudado al 31 de Julio del 2012.
Que, contando con el Informe Legal N° 892-2013-OAJ/MPB, emitido por el Asesor Legal, quien opina viable el Proyecto de Ordenanza que Modifica la Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/CPB., concerniente al Sorteo Tributario por el Mes de Julio y Diciembre 2013
- Por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013, recomendando su elevación al Pleno de Sesión de Concejo Municipal, en vista que cuenta con la aprobación de la Comisión Permanente de Rentas y Promoción Empresarial según Dictamen N° 008-2013-CPRPE/MPB.
Que, estando a los fundamentos antes expuesto, después de algunas intervenciones del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto UNANIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación de Acta; aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 0012-2013-AL/CPB.,
CONCERNIENTE AL SORTEO TRIBUTARIO POR EL
MES DE JULIO Y DICIEMBRE 2013 – POR PRONTO
PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES 2013
Artículo 1°.- MODIFICAR en parte el Artículo 1° párrafo final y Artículo 2° cuarto párrafo de la Ordenanza Municipal N° 0012-2013-AL/CPB., sin que con este se altere la sustancia de la norma municipal, en lo que respecta a la fecha del 1er Sorteo Tributario que se llevará a cabo el 04
de Octubre del 2013, por motivo de la Creación Política de la Provincia de Barranca.
Artículo 2°.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3°.- PUBLIQUESE la presente norma local en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley N° 29091.
Artículo 4°.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación, distribución y notificación de la presente ordenanza municipal.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
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