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ORDENANZA MUNICIPAL N° 0028-2013-AL/CPB Aprueban Campaña de Actualización Masiva del Impuesto
9/03/2013
ORDENANZA MUNICIPAL N° 0028-2013-AL/CPB Aprueban Campaña de Actualización Masiva del Impuesto
Aprueban Campaña de Actualización Masiva del Impuesto Predial, Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la ciudad de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL N° 0028-2013-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de Agosto del 2013, en la estación Orden del Día, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la campaña de actualización masiva de impuesto Predial, regularización de deuda tributaria y arbitrios en la ciudad de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que,
ORDENANZA MUNICIPAL N° 0028-2013-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de Agosto del 2013, en la estación Orden del Día, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la campaña de actualización masiva de impuesto Predial, regularización de deuda tributaria y arbitrios en la ciudad de Barranca; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194° modificado por la Ley N° 28607
– Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, las ordenanzas municipales son normas de mayor rango dentro de la normatividad municipal, conforme establece el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, primer párrafo "Las ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 41° del TUO del Código Tributario, que establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren;
Que, el Artículo 62° de la misma norma, establece facultades de fiscalización de la administración tributaria, por lo que es necesario incentivar a los contribuyentes para que en forma voluntaria regularicen la determinación de sus obligaciones tributarias a fin de que las obligaciones no declaradas oportunamente las pueda efectuar con facilidades de pago;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 007-2011-AL/CPB, el Consejo Provincial de Barranca aprobó el "Beneficio Tributario Municipal de Condonación Parcial de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo", que en su Artículo 1° Dispone la condonación total de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, administrados por la Municipalidad Provincial de Barranca del año 1998 hasta el año 2003;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 018-2013-AL/CPB, de fecha 12 de Junio del 2013, se aprobó la "Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial, Regularización de deuda Tributaria y Arbitrios en la Ciudad de Barranca", la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de Julio del 2013, y que señala en su Artículo 11° "Los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente ordenanza, desde el día siguiente de su publicación hasta por el periodo de 30 días calendario"; Entonces, bajo este concepto, cabe indicar que esta terminó su vigencia el 17
de Agosto del 2013;
Que, en ese sentido, sobre la base de la mencionada Ordenanza, el presente proyecto de Ordenanza tiene por finalidad establecer a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Barranca, incentivos para la regularización voluntaria en la presentación de las declaraciones juradas de autoavalúo de su predio y/o el uso de los mismos u otro dato que incida en la mayor determinación del impuesto predial, arbitrios en los ejercicios respectivos. Así como la regularización de deuda por Impuesto Predial y arbitrios pendientes de pago;
Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972
- Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Municipal con el voto UNANIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta;
se expide la siguiente;
"ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
CAMPAÑA DE ACTUALIZACION MASIVA DE
IMPUESTO PREDIAL, REGULARIZACIÓN DE
DEUDA TRIBUTARIA Y ARBITRIOS EN LA
CIUDAD DE BARRANCA"
Artículo 1°.- APROBAR, las normas que regulan la Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial, Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la Ciudad de Barranca; el cual consta de 11 Artículos y 05
Disposiciones Finales y Transitorias, que en anexo forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2°.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4°.- PUBLÍQUESE la presente norma local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley N° 29091.
Artículo 5°.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación, distribución y notificación de la presente ordenanza municipal.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
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