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ORDENANZA REGIONAL N° 276-2013/GRP-CR Aprueban Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
9/30/2013
ORDENANZA REGIONAL N° 276-2013/GRP-CR Aprueban Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Producción ORDENANZA REGIONAL N° 276-2013/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013,
ORDENANZA REGIONAL N° 276-2013/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
PIURA
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los artículos 191°
y 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867
y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968, Ley N° 29053 y demás normas complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 744-2004/GRP-PR del 06 de setiembre de 2004, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción, luego con Resolución Ministerial N° 175-2006-2006-PRODUCE, declaró el cumplimiento del Gobierno Regional Piura del proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia pesquera e industria, contenidas en el "Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004";
Que, con Memorando N° 290-2013/GRP-420020-100-300 del 18 de julio de 2013, Dirección Regional de Producción presenta la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones; con Memorando N° 186-2013/GRP-410300 del 24 de julio de 2013, Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional precisa que se ha cumplido con levantar las observaciones en la propuesta de ROF de Dirección Regional de Producción, que cuenta con opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica a través del Memorando N° 963-2013/GRP-460000 del 20 de mayo de 2013;
Que, con Informe N° 051-2013/GRP-200010-ACCR
del 02 de setiembre de 2013, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional da opinión favorable a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Producción;
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 21-2013, de fecha 11 de setiembre de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA
EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES – ROF DE LA DIRECCIÓN
REGIONAL DE PRODUCCIÓN
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Producción Piura, cuyo texto ha quedado conformado en seis (06) Títulos, ocho (08) Capítulos, cuarenta y uno (41) artículos y Dos (02) Disposiciones Complementarias, contenida en la estructura orgánica, documento que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento T erritorial, la implementación de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, conforme a lo dispuesto en la T ercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, disponga a la Dirección Regional de Producción Piura – DIREPRO Piura remita la propuesta de Cuadro de Asignación de Personal – CAP para su estudio, evaluación y aprobación según corresponda, en un plazo máximo de 03 meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento de Organización y Funciones.
Artículo Cuarto.- Derogar la Resolución Ejecutiva Regional N° 0744-2004/GOB.REG.PIURA y dejar sin efecto las normas que se opongan a la implementación de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los once días del mes de setiembre del año dos mil trece.
TOMÁS FIESTAS ECHE
Consejero Delegado Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil trece.
JAVIER ATKINS LERGGIOS
Presidente del Gobierno Regional Piura
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