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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 37-2013-PCM/SD Dejan sin efecto la N°
9/07/2013
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 37-2013-PCM/SD Dejan sin efecto la N°
Dejan sin efecto la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 0477-2011-PCM/SD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 37-2013-PCM/SD Lima, 31 de julio de 2013 VISTO el Informe N° 008-2013-PCM/SD-GVP de fecha 25 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignados al Gobierno Regional, es gradual
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 37-2013-PCM/SD
Lima, 31 de julio de 2013
VISTO el Informe N° 008-2013-PCM/SD-GVP de fecha 25 de julio de 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignados al Gobierno Regional, es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo a través del entonces Consejo Nacional de la Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, por el mérito de lo previsto en el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM;
Que, el segundo párrafo del artículo 81° precitado establece que el entonces Consejo Nacional de la Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros es el responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso;
Que, el artículo 83° de la citada Ley Orgánica, establece que, para asegurar que el proceso de transferencias se realice en forma progresiva y ordenada conforme lo dispone la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, el Poder Ejecutivo constituirá Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente;
Que, en el marco de las normas descritas, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM/SD se aprueba la Directiva N° 003-2008-PCM/ SD: "Directiva para la culminación e implementación de la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales", en la que se establece la conformación y funciones de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia;
Que, el numeral 7.4. de la Directiva N° 003-2008-PCM/SD citada, señala que las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia contarán con el soporte técnico de Grupos de Trabajo especializados, en materia de descentralización, los cuales se encargarán de coordinar y ejecutar las actividades previstas en los planes de transferencia y directivas que apruebe la Secretaría de Descentralización. Estos dependerán de dichas Comisiones y serán implementados con los recursos humanos, materiales y financieros disponibles en sus respectivas organizaciones. La Secretaría de Descentralización brindará la capacitación y asistencia técnica correspondiente, a fin de constituir equipos de profesionales y técnicos que, con eficiencia y eficacia, contribuyan a fortalecer y consolidar el proceso de descentralización;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 0477-2011-PCM/SD del 25 de Julio de 2011 se reconoce al Grupo de Trabajo especializado en materia de descentralización, constituido por el Gobierno Regional de Ayacucho, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0667-29011-GRA/PRES, dependiente de la Gerencia General Regional, identificando, con nombre propio a los funcionarios y servidores integrantes de dicho Grupo;
Que, de conformidad con el Informe de Vistos, en el marco de lo que dispone el principio de legalidad, previsto en el numeral 1.1. del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, es necesario dejar sin efecto la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 0477-2011-PCM/SD
del 25 de Julio de 2011, en la medida que la Secretaría de Descentralización no cuenta con habilitación legal expresa, tanto a nivel de Resoluciones emanadas de la Secretaría, como de otras normas legales de superior jerarquía, para que pueda reconocer, a través de actos administrativos propios, Grupos de Trabajo especializados en materia de descentralización que se constituyan a nivel de los sectores o los Gobiernos Regionales;
En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Objeto de la Resolución.
Déjese sin efecto la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 0477-2011-PCM/SD del 25 de Julio de 2011, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Autonomía Administrativa Regional.
La disposición contenida en el artículo 1° no afecta a los actos administrativos emanados por el Gobierno Regional de Ayacucho que se dicten para la culminación e implementación del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales y las acciones conexas y derivadas del mismo, en el marco de su autonomía administrativa, en cumplimiento a la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y las normas que expida la Secretaría de Descentralización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros
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