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RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 222-2013-SUNARP/SN Autorizan
9/03/2013
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 222-2013-SUNARP/SN Autorizan
Autorizan creación, apertura y funcionamiento de Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara, jurisdicción de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 222-2013-SUNARP/SN Lima, 29 de agosto de 2013 VISTO, el Oficio N°072-2013-SUNARP-UE005 del 19 de junio de 2013, mediante el cual la Jefatura de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa solicita la aprobación de la creación de la Oficina Receptora de la Yanahuara, que se ubicará en la Cámara de Comercio
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 222-2013-SUNARP/SN
Lima, 29 de agosto de 2013
VISTO, el Oficio N°072-2013-SUNARP-UE005 del 19
de junio de 2013, mediante el cual la Jefatura de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa solicita la aprobación de la creación de la Oficina Receptora de la Yanahuara, que se ubicará en la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico – administrativas de los Registros Públicos;
Que, la Zona Registral N°XII – Sede Arequipa, Organo Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfico y competencia registral en el departamento de Arequipa;
Que, de acuerdo con la política de inclusión impulsada por el Gobierno Central, esta Superintendencia ha considerado prioritario facilitar el acceso a los servicios registrales de la población de menores recursos y sectores más alejados de la ciudad; de tal manera que se ha considerado la apertura de una Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara, provincia de Arequipa, ubicada en el departamento de Arequipa;
Que, de acuerdo al Oficio de Visto, la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa, solicita se autorice la creación de la Oficina Receptora de Yanahuara; y, por Comunicación N° 133-2013 del 12 de abril del 2013, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, ofrece el uso una determinada área para ser destinada al uso de la Oficina Receptora;
Que, según los informes emitidos por la Zona Registral y la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo, la Oficina Receptora garantizará que los usuarios de los servicios registrales cuenten con las condiciones materiales y personales necesarias a fin de reciban dichos servicios en forma oportuna y adecuada;
De conformidad al Acuerdo adoptado en Sesión del Directorio N° 290 del 05 de febrero de 2013, se delegó en el Superintendente Nacional la facultad de aprobar la creación de Oficinas Receptoras de la SUNARP , debiéndose dar cuenta al Directorio de las acciones realizadas en uso de dicha delegación;
y al literal v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP , aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara, la misma que se ubicará en las instalaciones de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.
La Oficina Receptora, como unidad de ejecución de la Zona Registral, se encargará de prestar los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considere oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por Resolución emitida por el Jefe Zonal.
Artículo Segundo.- Delegar en el Jefe de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa la facultad de suscribir el Convenio de Colaboración entre la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y la SUNARP, a fin de que pueda habilitarse la Oficina Receptora creada en el Artículo Primero de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
SUNARP
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