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RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1299-2013-MTC/28 Declaran que las autorizaciones para la prestación de
9/28/2013
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1299-2013-MTC/28 Declaran que las autorizaciones para la prestación de
Declaran que las autorizaciones para la prestación de servicios de radiodifusión sonora en diversas localidades de los departamentos de Huancavelica, Loreto, San Martín, Tacna y Puno serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1299-2013-MTC/28 Lima, 11 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y T elevisión – Ley N° 28278, concordado con el artículo 40° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1299-2013-MTC/28
Lima, 11 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y T elevisión – Ley N° 28278, concordado con el artículo 40° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-MTC
y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas;
Que, el artículo 41° del Reglamento de la Ley de Radio y T elevisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40° del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público;
Que, mediante Informe N° 2182-2013-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en las localidades de ACOBAMBA-ANTA-CALLANMARCA-HUANCA HUANCA-POMACOCHA del departamento de Huancavelica, ALIANZA-LA UNION-PAMPA HERMOSA de los departamentos de Loreto y San Martín y ESTIQUE-ESTIQUE
PAMPA-TARATA-TARUCACHI-TICACO del departamento de Tacna; así como para el servicio de radiodifusión sonora en onda media (OM) en la localidad de CARABAYA del departamento de Puno, el número de solicitudes admitidas es de dos (02), tres (03), tres (03) y tres (03), lo cual es superior al de frecuencias disponibles que es de uno (01), dos (02), dos (02) y dos (02), respectivamente, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público;
correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en las localidades de ACOBAMBA-ANTA-CALLANMARCA-HUANCA HUANCA-POMACOCHA del departamento de Huancavelica, ALIANZA-LA UNION-PAMPA HERMOSA de los departamentos de Loreto y San Martín y ESTIQUE-ESTIQUE PAMPA-TARATA-TARUCACHI-TICACO del departamento de Tacna; así como las autorizaciones para el servicio de radiodifusión sonora en onda media (OM) para la localidad de CARABAYA del departamento de Puno serán otorgadas mediante concurso público.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA A. CHIRINOS NOVES
Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones
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