Inicio
Instituciones Educativas
Organos Autonomos
RESOLUCIÓN N° 1643-2013-R-UNE Resuelven ejecutar inhabilitación a sentenciados en el empleo como
9/24/2013
RESOLUCIÓN N° 1643-2013-R-UNE Resuelven ejecutar inhabilitación a sentenciados en el empleo como
Resuelven ejecutar inhabilitación a sentenciados en el empleo como docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN N° 1643-2013-R-UNE Chosica, 3 de setiembre del 2013 VISTO el Oficio N° 147-2008-3° JPT-CSJTC-LDUV, del 01 de julio de 2013, del Tercer Juzgado Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que con el documento del visto, la Juez del T ercer Juzgado Penal de la Corte Superior
RESOLUCIÓN N° 1643-2013-R-UNE
Chosica, 3 de setiembre del 2013
VISTO el Oficio N° 147-2008-3° JPT-CSJTC-LDUV, del 01 de julio de 2013, del Tercer Juzgado Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao.
CONSIDERANDO:
Que con el documento del visto, la Juez del T ercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, hace de conocimiento la INHABILITACIÓN impuesta mediante sentencia de vista de fecha 26 de setiembre del 2011, y confirmada mediante Resolución Suprema, de fecha 29 de enero del 2013 a los sentenciados MANUEL ALEJANDRO
SOLÍS GÓMEZ, VICENTE MARIANO CUENTAS
ALVARADO, RICARDO OCTAVIO TORRES CHÁVEZ, SEVERINO ANTONIO DÍAZ SAUCEDO y ANTONIO CRUZ
BARRIENTOS, adjuntando copias certificadas a fojas 35;
Que el FALLO de la sentencia expedida por el Colegiado de la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, CONDENA a los acusados MANUEL
ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ, VICENTE MARIANO
CUENTAS ALVARADO, RICARDO OCTAVIO TORRES
CHÁVEZ, SEVERINO ANTONIO DÍAZ SAUCEDO y ANTONIO CRUZ BARRIENTOS, como autores del delito contra la Administración Pública - Delito Cometido por Funcionarios Públicos - Corrupción de Funcionarios - APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO - en agravio del Estado;
Que IMPUSIERON: CUATRO AÑOS DE PENA
PRIVATIVA DE LIBERTAD, cuya ejecución se suspende por el plazo de tres años, bajo las siguientes reglas de conducta: a) No ausentarse del lugar donde residen sin autorización del Juez, b) Comparecer personal y obligatoriamente cada noventa días al Juzgado para informar y justificar sus actividades y c) No incurrir en la comisión de nuevo delito doloso, todo bajo apercibimiento de aplicarse cualquiera de las alternativas dispuestas en el artículo cincuenta y nueve del Código Penal en caso de incumplimiento;
Que además los INHABILITARON por el término de dos años, quedando inhabilitados para la privación de la función, cargo o comisión que ejercían los condenados, aunque provengan de elección popular, así como ejercer mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo treinta y seis, incisos primero y segundo del Código Penal, en concordancia con el artículo treinta y ocho de la citada norma sustantiva;
Que FIJARON la suma de VEINTE MIL NUEVOS
SOLES el monto que por concepto de reparación civil deberán abonar los sentenciados en forma solidaria a favor del Estado;
Que VICENTE MARIANO CUENTAS ALVARADO,
RICARDO OCTAVIO TORRES CHÁVEZ, SEVERINO
ANTONIO DÍAZ SAUCEDO, son docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria, concordante con los artículos 19°, 21° y 27° del Estatuto, artículo 37°
del Reglamento General y los alcances de la Resolución N° 1325-2013-R-UNE, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- EJECUTAR la INHABILITACIÓN
impuesta a los sentenciados VICENTE MARIANO
CUENTAS ALVARADO, RICARDO OCTAVIO TORRES
CHÁVEZ y SEVERINO ANTONIO DÍAZ SAUCEDO en el empleo como docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, por el término de DOS AÑOS, a partir del 03 de setiembre del 2013 hasta el 02 de setiembre del 2015, en mérito a la sentencia de vista de fecha 26 de setiembre del 2011, y confirmada mediante Resolución Suprema de fecha 29 de enero del 2013.
Artículo 2°.- ENCARGAR al Director de la Oficina Central de Personal de la UNE que disponga lo pertinente para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolución.
Artículo 3°.- REMÍTASE copia de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores, a la Comisión de Educación del Congreso, al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Educación, y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y un diario de circulación nacional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VLADIMIRO DEL CASTILLO NARRO
Rector (e)
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)