10/24/2013

DECRETO SUPREMO N° 052-2013-RE Disponen agregar organismo internacional y monto de cuota, al Anexo

Disponen agregar organismo internacional y monto de cuota, al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO N° 052-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2013; Que,
Disponen agregar organismo internacional y monto de cuota, al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO N° 052-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2013;

Que, en dicho Anexo se contempla el monto correspondiente a la cuota a la Organización Marítima Internacional (OMI) por S/. 93,720 nuevos soles;

Que, mediante Resolución Suprema N° 092-2013-RE se dispuso el pago de GBP£ 22,570 libras esterlinas, quedando, como consecuencia del tipo de cambio con el que se ejecutó dicho pago, un saldo de GBP£ 1,391 libras esterlinas, al estar fijada la cuota en GBP£ 23,961 libras esterlinas;

De conformidad con el numeral 1.3 del artículo 1° de la Ley N° 29951;

En uso de las facultades conferidas en el numeral 8
del artículo 118° de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1°.- Adición Agréguese al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario: Relaciones Exteriores de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, al siguiente organismo internacional y monto:

PLIEGO
PRESUPUESTARIO
MONTO (En nuevos soles)
PERSONA JURÍDICA
Relaciones Exteriores 6,538
ORGANIZACIÓN MARÍTIMA
INTERNACIONAL - OMI
Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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