10/31/2013

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00000270 -2013-MIGRACIONES Delegan facultades y atribuciones a

Delegan facultades y atribuciones a Gerente General, Director General de Administración y Finanzas, y Directora de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00000270 -2013-MIGRACIONES Lima, 30 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130, del 07DIC2012, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público
Delegan facultades y atribuciones a Gerente General, Director General de Administración y Finanzas, y Directora de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00000270 -2013-MIGRACIONES
Lima, 30 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130, del 07DIC2012, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; determinándose su ámbito, competencia, funciones y estructura orgánica;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 185-2013-EF
del 26JUL2013 se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones;

Que, el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-IN, establece que el Superintendente Nacional es el funcionario de mayor nivel jerárquico, ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; asimismo el inciso w) del artículo N° 11 del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que el Superintendente puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de MIGRACIONES;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Público y/o la norma de creación de la entidad;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la mencionada ley, prevé las modificaciones en el nivel programático aprobadas mediante Resolución del Titular a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017, modificada por Ley N° 29873 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3° de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y conforme a lo dispuesto en el artículo 5° de dicha Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado;

Que, conforme a lo señalado en el artículo 50 de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF-77-15, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77-15, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa tal facultad;

Que, teniendo en cuenta la estructura orgánica de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobada por el Decreto Supremo N° 005-20013-IN, con el propósito de logar una mayor fiuidez a la marcha de la Entidad, es conveniente efectuar las delegaciones en materia administrativa, presupuestaria, tesorería, contrataciones, laboral y tributaria, a diversos funcionarios de esta Superintendencia;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1130 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones, durante el Año Fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:
a) En Materia Presupuestaria:
- Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que corresponda al Titular del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones.
b) En Materia de Planificación:
- Aprobar el Plan Operativo Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones, así como las modificaciones de las metas físicas y financieras que pudieran efectuarse durante el mismo ejercicio.
c) En Materia de Tesorería:
- Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones.
d) En Materia de Contrataciones del Estado:
- Aprobar y modificar el Plan Anual de Contrataciones – PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013.
- Suscribir las comunicaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que sean necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de los procesos de selección.
- Resolver los recursos impugnativos interpuestos por los postores en el desarrollo del proceso de selección que convoque la Entidad o que sean convocados por una Entidad privada nacional o internacional con la cual se haya suscrito convenio de encargo, siempre que corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía o una Adjudicación Directa Selectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Suscribir convenios interinstitucionales para la realización de compras corporativas facultativas.
- Suscribir convenios por encargo con otra Entidad Publica o Privada, Nacional o Internacional u Organismos Internacionales, aprobados previamente por el Titular del Pliego y derivados de los procesos de selección por encargo para la contratación de bienes, servicios y obras, conforme a lo previsto en el artículo 86° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
e) Sobre disposición y administración de propiedad estatal, de conformidad con la Ley Nª 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA.
- Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes inmuebles que correspondan a la Superintendencia Nacional de Migraciones, lo que incluye la suscripción de los documentos que sean necesarios para su formalización.

Artículo 2°.- Delegar en el Director General de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Migraciones, durante el Año Fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:
a) En Materia de Contrataciones del Estado:
- Designar Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes de los procesos de selección, así como la modificación en la composición de los mismos.
- Suscribir, modificar y resolver contratos relativos a la contratación de servicios, consultorías, ejecución de obras y adquisición de bienes.
- Suscribir, modificar y resolver contratos complementarios.
- Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y deductivos para bienes y servicios.
- Aprobar el proceso de estandarización de bienes y servicios.
- Aprobar las ampliaciones de plazo en bienes y servicios.
- Cancelar los procesos de selección.
- Aprobar los expedientes de contratación y las bases de los procesos de selección convocados por la Superintendencia Nacional de Migraciones, y los que vayan a ser convocados por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo.
- Aprobar la Buena Pro cuando las propuestas económicas de los postores en los procesos de selección para la ejecución de obras, superen el valor referencial hasta el límite de diez por ciento (10%) del mismo.
- Aprobar las diferentes etapas de los procesos que de conformidad con los Manuales de Convenios Internacionales se deban ejecutar, suscribir los respectivos contratos, y establecer los procedimientos de verificación correspondientes.
b) En materia Tributaria:
- Representar a la Superintendencia Nacional de Migraciones ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa.
c) Sobre contratación de auditorias, de conformidad con el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría N° 063-2007-CG.
- La suscripción de contratos sujetos a las disposiciones reguladas en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control y Modificatorias.

Artículo 3°.- Delegar en la Directora de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones, durante el Año Fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:
a) En Materia de suscripción de convenios y contratos:
- Celebrar Convenios de Prácticas Pre – Profesionales y Profesionales - Suscribir los Contratos Administrativos de Servicios – CAS
b) En Materia laboral:
- Representar a la Superintendencia Nacional de Migraciones ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo tanto en las instalaciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones como en del citado Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Autorizar los viajes al interior del país en comisión de servicios, que excedan los quince (15) días calendario.
- Término de servicios: aceptación de renuncia, excepto los cargos de confianza; cese por fallecimiento, resolución de contrato de personal.

Artículo 4°.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución es indelegable, y comprende la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso.

Artículo 5°.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el año 2013.

Artículo 6°.- Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente resolución, están obligados, bajo responsabilidad, a dar cuenta mensualmente al Superintendente Nacional de Migraciones de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada.

Artículo 7.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGARD C. REYMUNDO MERCADO
Superintendente Nacional de Migraciones

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