10/25/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 922-2013-DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU., Italia y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 922-2013-DE/SG Lima, 23 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 770 y 830 del 24 de setiembre y 15 de octubre de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio N° 6740-2013-SECGEN
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU., Italia y Chile
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 922-2013-DE/SG
Lima, 23 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 770 y 830 del 24
de setiembre y 15 de octubre de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio N° 6740-2013-SECGEN PNP/OTD del 1 de octubre de 2013, el Secretario General de la Policía Nacional del Perú y el Oficio N° 1251 CCFFAA/D-7/EVAL, del 27 de setiembre de 2013, el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emiten opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 12 al 30 de noviembre de 2013, a fin de participar en el curso de "Asistencia Médica para Socorristas" que se realizará en la Base Policial de Mazamari;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Policía Nacional del Perú y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley
N° 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 12 al 30 de noviembre de 2013, a fin que participen en el curso de "Asistencia Médica para Socorristas" que se realizará en la Base Policial de Mazamari.

1. Oficial Técnico Jefe 4 William SANTANA
2. Técnico de 1ra. José RAMON De Jesús 3. Técnico de 1ra. Claudia Patricia MORA
4. Técnico de 2da. Miguel ORTA
Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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