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RESOLUCIÓN SBS N° 6289-2013 Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas
10/31/2013
RESOLUCIÓN SBS N° 6289-2013 Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas
Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice emisión de Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas RESOLUCIÓN SBS N° 6289-2013 Lima, 18 de octubre de 2013 El Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas S.A.A. - Banbif (en adelante, el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del "Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables
RESOLUCIÓN SBS N° 6289-2013
Lima, 18 de octubre de 2013
El Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas S.A.A. - Banbif (en adelante, el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del "Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas S.A.A – BanBif", hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000
000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles (en adelante, el Programa), por dos (2) años adicionales;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del Mercado de Valores y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general;
Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos financieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia;
Que, en acuerdo de la Junta General de Accionistas, celebrada el 28 de abril de 2011, se acordó aprobar el Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables, hasta por la suma de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, delegando en el Directorio o en la Gerencia General, la potestad de definir y aprobar las condiciones de dicha emisión, con las mismas facultades, así como de suscribir todos los documentos públicos y privados que sean necesarios para llevar a cabo la referida emisión.
Que, mediante Resolución SBS N° 8399-2011 del 19
de julio del 2011, esta Superintendencia emitió opinión favorable respecto del Programa;
Que, en tal sentido, el Banco solicita la opinión favorable de esta Superintendencia para renovar el Programa, ampliándose el plazo de vigencia del mismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Circular N° B-2074-2000 sobre emisión en serie de instrumentos financieros (en adelante, la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demás características originales del Programa;
Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovación de programas de emisión de instrumentos financieros en serie para los que se haya emitido opinión favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la característica de línea revolvente, debe contar necesariamente con la opinión previa favorable de esta Superintendencia antes de la presentación de su solicitud a la Superintendencia del Mercado de Valores;
Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia;
Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D" y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y contando con el visto bueno del Departamento Legal;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y modificatorias; y por la Resolución SBS N° 6389-2011 de fecha 27 de mayo de 2011;
RESUELVE:
Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas, realice la emisión de Certificados de Depósitos Negociables a través del programa denominado el "Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas"; hasta por la suma US$ 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en Nuevos Soles por dos (2) años adicionales, debiendo adecuarse a los demás términos de la Ley del Mercado de Valores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
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